La Audiencia Nacional excarcela a 13 etarras, una grapo y un delincuente común

  • La Audiencia Nacional excluye a las víctimas de las excarcelaciones
  • Confirma el bloqueo de la indemnización de Inés del Río

La Audiencia Nacional ha acordado hoy la excarcelación de trece etarras, una grapo y un hombre que ha cumplido condena por matar a otro en Bolivia para los que la Fiscalía había pedido su puesta en libertad basándose en el acuerdo del Tribunal Supremo que avaló la nulidad de la 'doctrina Parot'. El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, compuesta hoy por 16 magistrados al estar uno de ellos ausente por estar de permiso, ha adoptado esta decisión por unanimidad tras una reunión de más de hora y media.

Estos trece etarras se suman a los once que han sido excarcelados desde que el pasado 21 de octubre fuera notificada la sentencia de Estrasburgo en el caso de Inés del Río (que fue la primera beneficiada por ese fallo), con lo que son ya 24 etarras los que han sido puestos en libertad a raíz de la anulación de la 'doctrina Parot'.

Entre los trece etarras destacan un preso de la llamada "vía Nanclares", Antonio Alza; Antxon López Ruiz, "Kubati", asesino de la etarra arrepentida María Dolores González Catarain "Yoyes" y que acumula condenas de 1.210 años por 13 asesinatos y 8 atentados con muerte, y la integrante del "comando Madrid" Inmaculada Noble, condenada por el asesinato del comandante Ricardo Saenz de Ynestrillas en 1986.

También figuran el miembro del "comando Vizcaya" José Félix Zabarte; el miembro del comando "Mangui" o "robacoches", Gonzalo Rodríguez Cordero; Javier Lujambio Galdeano; Jesús Díaz de Heredia; Pedro Juan Odriozola; Juan María Gabirondo; Pedro María Rezabal; Miguel Turrientes; María Josefa Uzkudun y Antonio Alza Hernández.

Aunque en un principio estaba prevista la excarcelación de doce etarras y la de la grapo Olga Oliveira, el pleno ha incluido en el último momento la petición de puesta en libertad del miembro de ETA Raúl Ibáñez Díaz, que quedó pendiente la semana pasada, y la de Pompeyo Miranda, un español que mató a un hombre en Bolivia y que fue trasladado a España para cumplir condena y se le aplicó la doctrina Parot.

EXCLUYE A LAS VICTIMAS DE LAS DECISIONES DE EXCARCELACIÓN

Además, la Audiencia Nacional ha acordado hoy excluir a las víctimas de las decisiones de excarcelación de los terroristas afectados por el fin de la doctrina Parot porque considera que no puede ser parte en este proceso. Esta decisión ha sido adoptada en el pleno de la sala de lo penal del tribunal.

Los magistrado han considerado que la ley establece claramente que los trámites para la extinción de las condenas son competencia exclusiva del tribunal sentenciador y por ello no se puede admitir a las víctimas como parte. Durante el debate, alguno de los miembros de la sala ha cuestionado incluso que se pidiera informe a la Fiscalía sobre las excarcelaciones.

De esta forma, el tribunal ha decidido hacerse cargo de las peticiones de excarcelación de presos que han presentado recurso a tales efectos tanto ante este tribunal como ante el Tribunal Constitucional.

Otra de las decisiones adoptadas por la Audiencia Nacional ha sido también que en lo sucesivo en los casos en los que la Fiscalía informe a favor de la puesta en libertad deben ser las secciones correspondientes a las que van dirigidas las peticiones de excarcelación las que las resuelvan y no el pleno como hasta ahora.

Respecto al traslado a las asociaciones de víctimas, fuentes de la Audiencia Nacional han explicado hoy que se había pedido por error a la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) que presentara alegaciones a la petición de excarcelación de la etarra María Josefa Uzkudun, cuya puesta en libertad decide esta tarde el pleno, ya que en el trámite para resolver sobre la extinción de condena solo son parte defensa y Fiscalía.

Según esas fuentes, la Audiencia Nacional contestará en este sentido a la AVT después de que esta mañana haya presentado un escrito pidiendo a la Sala de lo Penal que aplazara la decisión sobre la excarcelación de Uzkudun por no haber transcurrido los tres días de plazo que les fue concedido para presentar alegaciones. La AVT pedía el aplazamiento de la decisión de poner en libertad a Uzkudun tras conocer esta mañana que se había adelantado a esta tarde la reunión del pleno, que en un principio estaba prevista para este viernes.

CONFIRMA EL BLOQUEO DE LA INDEMNIZACIÓN DE INÉS DEL RÍO

Por último, la Audiencia Nacional ha confirmado su decisión de bloquear la indemnización de 30.000 euros que acordó el Tribunal de Estrasburgo para la etarra Inés del Río por haber permanecido cinco año más en prisión en aplicación de la doctrina Parot.

El pleno de la Sala de lo Penal ha adoptado esta decisión al rechazar el recurso de la etarra, directamente beneficiada por el fallo de la corte europea, contra el bloqueo de la indemnización a la que el Tribunal de Estrasburgo consideró que tenía derecho en concepto de "daño moral".

La Audiencia Nacional decidió bloquear a Inés del Río esos 30.000 euros a petición de la Fiscalía con el objeto de destinar esa cantidad al pago de indemnizaciones a las víctimas del terrorismo.

El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó la excarcelación de Del Río al día siguiente de ser notificada, el pasado 21 de octubre, la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que declaraba irregular la aplicación en su caso de la doctrina Parot, porque lo fue con efectos retroactivos.

Para la Sala, esa resolución era "clara y concluyente: incumbe al Estado asegurar la puesta en libertad de la demandante en el plazo más breve posible, ya que se encuentra privada irregularmente de libertad" desde el 3 de julio de 2008, ya que con la aplicación de la doctrina Parot se había establecido su excarcelación para 2017.