La Comunidad pide la suspensión cautelar de Madrid Central en su segundo recurso

  • Considera que la Junta de Gobierno del ayuntamiento se ha extralimitado en sus competencias y no ha cumplido el trámite de audiencia e información pública
Poste identificativo de Madrid Central
Poste identificativo de Madrid Central |Ayuntamiento de Madrid

La Comunidad de Madrid ha presentado este viernes el segundo recurso en los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo contra Madrid Central, esta vez en contra del acuerdo de Junta de Gobierno del 29 de octubre, por el que se desarrolla el régimen de gestión y funcionamiento del proyecto, e incluye igual que en el primero la petición de medidas cautelares para la suspensión de la vigencia del citado acuerdo.

El presidente regional, Angel Garrido, ya avanzó en la presentación ante los medios del primer recurso, por el que se solicitaba la anulación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, aprobada por el Pleno del Consistorio, el 5 de octubre, así como la suspensión cautelar de su entrada en funcionamiento prevista para el 30 de noviembre, que se daría un paso más a la largo de esta semana.

"Es una iniciativa jurídica que se ha vuelto, desgraciadamente, inevitable ante la pretensión del Ayuntamiento de Madrid de imponer una restricción crítica al tráfico y siguiendo una serie de procedimientos anómalos", argumentó entonces el dirigente autonómico.

Ahora, la Comunidad se ampara en este recurso en que la Junta de Gobierno "se ha extralimitado en sus competencias" porque el acuerdo mantiene disposiciones de carácter normativo que desarrollan la regulación contenida en la Ordenanza de Movilidad Sostenible.

Esto resulta, para el Ejecutivo, "nulo de pleno derecho puesto que la Junta es incompetente para acordar este tipo de disposiciones, conforme a lo que establece la Ley de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.

Además, aseguran que no ha cumplido el trámite de audiencia e información pública, puesto que incide de forma directa en la Comunidad; que se ha omitido el informe preceptivo de la Dirección General de Organización, Régimen Jurídico y Formación dependiente de la Gerencia de la Ciudad y en la pérdida de eficacia de los decretos reguladores de áreas de prioridad residencial.

También se apoya el Gobierno autonómico en que los permisos extraordinarios de accesos deberían haber sido informado por la Dirección General de Régimen Jurídico y Formación del Ayuntamiento de Madrid conforme a lo dispuesto en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de 29 de octubre de 2015.

Por otra parte, inciden en posibles errores con las plazas y talleres mecánicos o reserva e estacionamiento no dotacional, con las plazas de garaje o con los horarios de distribución de mercancía y servicios comerciales.

A la espera de conocer la fecha para que se contemple este último recurso, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid estudiará el primero presentado por la Comunidad y el del Grupo Municipal Popular los días 28 y 29 de noviembre, según informaron fuentes jurídicas a Europa Press.