Sanidad ordena retirar tintas de tatuaje y maquillaje permanente por contener productos no autorizados
La AEMPS ha ordenado tanto la suspensión de la comercialización y del uso como la retirada inmediata del mercado de los productos afectados
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha ordenado la suspensión de la comercialización y del uso, así como la retirada inmediata del mercado, de varias tintas para tatuaje y maquillaje permanente distribuidas por la empresa Goldeneye España Logística por incumplir el Reglamento (UE) 2020/2081.
Según ha informado el organismo, algunos de estos productos contienen caprililglicol en una concentración del 0,1% sin que se haya justificado su función como regulador del pH, requisito imprescindible para que esta sustancia esté permitida por la normativa vigente.
Además, incorporan el pigmento amarillo CI 11741 (CAS: 6358-31-2), cuya concentración máxima autorizada es del 0,1%. Sin embargo, las tintas analizadas presentan niveles que oscilan entre el 12% y el 16%, superando ampliamente el límite fijado por el reglamento europeo.
Productos afectados
La medida afecta a todas las unidades del producto identificado como 694-PE: Pigmentos Goldeneye Coloressense, en su gama marrón, que incluye los siguientes tonos:
- Sophisticated Blond
- Glamorous Graphit
- Delicious Toffee
- Amazing Blond
- Creamy Nougat
- Copacabana Cacao
- Taupe Spectaculaire
- Warm Brunette
- Dark Redwood
- Ebony Queen
- Hot Chocolate
Estos productos habían sido distribuidos a centros de tatuaje para su utilización por profesionales.
Restricciones vigentes desde 2022
La AEMPS publicó en 2021 una nota informativa en la que advertía de la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2020/2081 y de la restricción del uso de determinadas sustancias en tintas para tatuajes y maquillaje permanente.
Desde el 4 de enero de 2022 está prohibida la comercialización o utilización de productos que no cumplan los criterios establecidos. En el caso de las restricciones relativas al pigmento azul 15:3 y al pigmento verde 7, la prohibición se aplica desde el 4 de enero de 2023.
La Agencia recuerda que las tintas que no se ajustaran a lo establecido debían haber sido retiradas del mercado antes de esas fechas. Además, contactó con los responsables de la puesta en el mercado de las tintas afectadas, entre ellos Goldeneye España Logística, para informarles de la obligación de adaptarse a la nueva regulación.
Llamamiento a profesionales y puntos de venta
La AEMPS insta a los profesionales y centros de tatuaje que dispongan de alguna unidad de los productos afectados a no utilizarlos y devolverlos al punto de compra o directamente a la empresa.
Asimismo, solicita a los establecimientos que revisen su stock y, en caso de contar con unidades incluidas en esta alerta, procedan a retirarlas de la comercialización y devolverlas al distribuidor.
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