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La Fiscalía del Tribunal Supremo ha archivado la denuncia de la asociación ‘Musulmanes contra la islamofobia’ contra el diputado de Vox Javier Ortega Smith por sus palabras sobre la población musulmana. El Ministerio Público no ve delito en su discurso, pese a considerarlo “abominable”.

Según el teniente fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas Rojas, la denuncia contra el dirigente de Vox por un delito de odio no puede prosperar, pese a que son “inadecuadas” e, incluso, “repulsivas”. Sin embargo, “eso no implica necesariamente que merezcan tener encaje en el Código Penal”.

"Puede parecer abominable y nos lo parece"

El pasado 16 de septiembre, en un mitin en el Casino de Agricultura de Valencia, Ortega Smith aseguró que el “enemigo común, el enemigo de Europa, de la libertad, del progreso, de la democracia, de la familia, de la vida, del futuro… se llama invasión islamista”.

Para la Fiscalía, pese a que “puede parecernos abominable, y nos lo parece”, no se cumplen ninguno de los requisitos fijados por el artículo 510.1 del Código Penal para apreciar la comisión del delito, ya que está reservado, explica, para conductas “especialmente graves”.

Si se analiza detenidamente el discurso, continúa, “solo tiene especial significación el primero de sus párrafos, cuando declara ‘enemigo común, de Europa, de la libertad, del progreso, de la democracia, de la familia y del futuro’ a la ‘invasión islamista’”, pero, añade, “en ningún momento hace incitación alguna a precaverse o defenderse de este ‘enemigo común’ con actos u omisiones que puedan ser considerados como delitos”, concluye.