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Uno de los colectivos que también está notando, y mucho, esta crisis por culpa del coronavirus es el de las empleadas de hogar. El Gobierno ha aprobado para ellas un subsidio por desempleo temporal, que pueden solicitar si se quedan en el paro o si ven reducidas sus horas de trabajo.

Estos son los detalles de esa ayuda y de quién puede acceder a ella.

Alta en la Seguridad Social

El primer requisito es estar dado de alta en la Seguridad Social. Lo están algo más de 394.000 personas. Si es así, podrán solicitar la ayuda todas aquellas que se quedan sin empleo en uno o varios domicilios o les hayan reducido las horas.

Un 70% de la base reguladora

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha dicho este jueves que las empleadas "tendrán acceso al 70% de su base reguladora" del sueldo. Esto es, si se cobra entre 500 ó 600 euros, la base de cotización son 608 euros, por lo que recibiría un 70%, es decir 425 euros.

No obstante hay que esperar a qué el SEPE (el Servicio Público de Empleo) habilite el sistema vía online. Mientras tanto se puede solicitar a la empleadora una declaración firmada o la carta de despido que le exigirán luego.

Con contrato y sin contrato

Por parte de la empleadora se tiene que seguir pagando la Seguridad Social durante el mes que trabaje la empleada porque si el contrato sigue vigente subsiste la obligación de retribuir el trabajo y pagar las cuotas de la Seguridad Social.

En cuanto a las empleadas de hogar que se encuentren en situación irregular, una de cada tres, podrán solicitar la renta mínima vital. Aunque, por el momento, se desconoce la fecha de implantación y la cuantía.