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La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha presentado recurso contra la decisión del Gobierno vasco de conceder el tercer grado penitenciario al etarra Asier Arzalluz Goñi, condenado por el intento de asesinato de la teniente de alcalde de Portugalete (Vizcaya) Esther Cabezudo, en 2002, y por el asesinato del periodista José Luis López de Lacalle, en mayo del año 2000.

Según informó el Ministerio Público, el recuso se ha presentado ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria al considerar que el condenado "no acredita estabilidad", "no muestra evolución prolongada" y "no cumple" con los criterios fijados para disfrutar de este permiso.

Así la Fiscalía pide que el juzgado revise la legalidad de dicha resolución y acuerde la clasificación en el segundo grado del interno. Señala en su escrito que se valora favorablemente por la Administración aspectos como la petición de perdón a las víctimas y su posicionamiento hacia la reparación del daño, aceptando su implicación en todos los hechos objeto de condena y en el daño causado por ETA.

No obstante, indica la Fiscalía, el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario permite adaptar el segundo grado, pero su eficacia se evalúa en función de un uso sostenido, vinculado siempre a un programa de tratamiento.

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La doctrina penitenciaria, añade, sostiene que la aplicación de este precepto requiere "periodos prolongados de observación" para constatar "resultados reales". Indica, asimismo, que el Tribunal Supremo exige que la evolución del penado "tenga consistencia temporal y sea fruto de un proceso consolidado, no de un cambio reciente".

Recoge también la doctrina del Tribunal Supremo que señala que la progresión de grado no puede estar avalada por cambios en períodos breves de "tres o cuatro meses" porque esos plazos "no acreditan estabilidad, no muestran evolución prolongada, no permiten verificar cambios consolidados y no cumplen el criterio de prudencia exigido para delitos graves".

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