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Una ley tipificará por primera vez la violencia vicaria como un delito contra la integridad moral de las mujeres. El Consejo de ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de ley que considera esta violencia específica como una manifestación de violencia de género y que reconoce como víctimas no solo a los hijos e hijas menores, sino también a familiares y parejas de las mujeres.

De esta manera, se modificarán distintas leyes que cambiarán aspectos del régimen de custodia de los menores, visitas y comunicaciones y en cómo deben proceder los jueces. Además, establece que los menores deberán ser escuchados de manera obligatoria.

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El texto, primera ley integral sobre esta cuestión, define la violencia vicaria como "aquella que, con el objetivo de causar dolor y sufrimiento a las mujeres, puede ejercerse sobre los hijos e hijas o descendientes", personas menores de edad sujetas a su guarda y custodia, ascendientes, hermanos y parejas o antiguas parejas de la víctima.

Introduce en el Código Penal un nuevo artículo que tipifica la violencia vicaria como un delito contra la integridad moral de las mujeres con penas de prisión de seis meses a tres años, y también incluye la pena accesoria para la prohibición de que los agresores vicarios difundan públicamente detalles de sus crímenes y evitar así que se repita lo que sucedió con el asesino José Bretón y el libro 'El odio'.

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La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha destacado en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros que esta ley vuelve a poner a España "a la vanguardia de las políticas de defensa de la igualdad" cuando la violencia machista sigue siendo uno de los mayores problemas a los que se enfrenta la sociedad.