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(Actualizado

Esta semana se ha encargado de responder a las preguntas de María José Gómez, asesora de la Subdirección General de Prestaciones del SEPE, quien se ha referido a las siguientes dudas:

  • Finalice el contrato 31/12/2024 después de 27 meses de trabajo. Cobré el desempleo 8 meses. Ahora he terminado otro contrato de 9 meses. ¿Puedo unir estos 9 meses con los 3 meses que me sobraron del otro contrato y solicitar el desempleo?
  • El día 28 de abril se me pasó el plazo para solicitar el paro (trabajaba por cuenta ajena en una empresa que ha hecho un ERE. Y no lo solicite porque tengo una empresa que estoy pensando en dar de baja. Si doy de baja la empresa, ¿podré cobrar el paro? ¿Me penalizarán? ¿Y si encuentro otro trabajo temporal y luego solicito el paro lo cobrare sin penalización?
  •  Yo cobro una pensión de incapacidad total y quiero pedir el subsidio para mayores de 52 años. Ya lo eché hace unos 3 años y me lo denegaron porque habían cogido mis cotizaciones para la pensión. Me sobraban 13 años. Tengo cotizados casi 29 años y creo que ha salido una ley nueva en febrero por la que esos 13 años también podrían servir para pedir el subsidio. ¿Es cierta esta nueva ley?

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