El juez Peinado envía a juicio con jurado a Begoña Gómez y a su asesora

  • El juez Peinado envía de nuevo a juicio a Begoña Gómez por presuntos delitos de malversación y tráfico de influencias
Foto: TELEMADRID |Vídeo: Telemadrid

El juez Juan Carlos Peinado ha dictado auto de apertura de juicio con jurado popular contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación, y contra su asesora, Cristina Álvarez, por el segundo.

Según un auto conocido este lunes, el titular del juzgado de instrucción número 41 de Madrid aprecia "indicios racionales de que la única explicación razonable de la secuencia descrita es la posición relacional de la acusada". El instructor se refiere a la creación de una "cátedra extraordinaria a su medida" en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y a su nombramiento como directora.

El magistrado sostiene además que Gómez "solicitó, aceptó y aprovechó de forma estable la dedicación de una empleada retribuida por Presidencia a tareas ajenas al cometido institucional del puesto". Recuerda también que "la condición de cónyuge del presidente del Gobierno carece de toda regulación en nuestro ordenamiento", por lo que no genera derecho a disponer de personal pagado con fondos públicos.

Begoña Gómez se opone la apertura de juicio y pide su absolución en la audiencia preliminar
Begoña Gómez se opone la apertura de juicio y pide su absolución en la audiencia preliminar
Begoña Gómez se opone la apertura de juicio y pide su absolución en la audiencia preliminar

Begoña Gómez se opone la apertura de juicio y pide su absolución en la audiencia preliminar

De esta forma, Peinado lleva a juicio a la esposa de Sánchez como autora de tráfico de influencias y de malversación, tanto por el uso privado de su asistente como por el desvío del software desarrollado en la cátedra. La acusación popular unificada pide para ella 13 años de prisión, dos por tráfico de influencias, tres por malversación continuada y ocho por el software, y seis para Álvarez.

El juez subraya que la negativa del Ministerio Fiscal a acusar, que reiteró su petición de sobreseimiento en la audiencia preliminar, "no impide la apertura del juicio oral". Argumenta que los bienes jurídicos protegidos por estos delitos son "de naturaleza colectiva o supraindividual", supuesto en el que el Tribunal Supremo admite que la acusación popular sostenga por sí sola la pretensión acusatoria.

El auto rechaza exigir fianza a las acusadas y bloquear el dominio y la sociedad Transforma TSC, pero ordena averiguar la capacidad económica de Gómez a través de sus cinco últimas declaraciones del IRPF. Ambas deberán responder, en su caso, de los 113.509,32 euros que reclama la UCM. La Fiscalía dispone de diez días para presentar su escrito y la resolución no admite recurso

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