Cuando la policía detiene a una persona está obligada a informarle, incluso por escrito de los motivos de su arresto.
Si no lo hace la detención sería ilegal. Lo ha decidido el Tribunal Constitucional. Y no es una nueva ley. Llevaba en vigor desde 2015, pero en las comisarías no se aplicaba.
Desde 2016 llevaba el abogado Antonio Agúndez con este caso en el Tribunal Constitucional. Y por fin, la sentencia ha dado la razón a su defendido. Y no sólo eso.
Pone un punto y aparte en la actuación de la policía en el momento de una detención.
Ya no vale con informar del motivo del arresto de forma oral.
Porque la interpretación de la ley era tan restrictiva que no se aplicaba en ninguna comisaria. A partir de ahora, los abogados defensores podrán tener acceso a cualquier prueba que incrimine a sus defendidos: informes de huellas, declaraciones de denunciantes.
Un derecho que se tiene, eso sí, siempre y cuando se solicite.