Patinetes eléctricos | Europa Press
(Actualizado

Los patinetes eléctricos u otros vehículos de movilidad de personal que pesen más de 25 kilos están obligados desde este viernes a contar con un seguro de responsabilidad civil para circular, según la Dirección General de Tráfico (DGT).

El Congreso aprobó el pasado julio una reforma de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, que entra en vigor este 2 enero.

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La norma crea el seguro obligatorio de responsabilidad civil de los vehículos personales ligeros, que podrán circular si cuentan con un certificado de circulación, estar inscritos en el Registro de Vehículos de la DGT y ostentar una etiqueta identificativa con el número de inscripción asignado o, en su caso, matrícula.

Con ello, se pretende garantizar la cobertura de las indemnizaciones por daños personales (al menos 6,45 millones de euros) y materiales (1,3 millones) a las personas perjudicadas por siniestros en los que intervengan este tipo de vehículos.

Para ello, la ley considera vehículos personales ligeros los que circulan por suelo con una o más ruedas, están dotados de una única plaza, son propulsados por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima de 6 a 25 km/h, pesan menos de 25 kilos o de 6 a 14 km/h si pesan más de 25 kilos.

Registro

Además, insta a la DGT a regular el registro y la inscripción previa para el seguro obligatorio a partir del 2 de enero de 2026, pero Tráfico ha precisado que "actualmente se está tramitando" el real decreto que dará cobertura jurídica a la inscripción de todas las categorías de los vehículos de movilidad personal, cuyo desarrollo técnico está ya concluido.

De hecho, el Consejo de Ministros acordó el pasado 18 de noviembre su tramitación urgente. "Si bien ya han finalizado los trámites de audiencia e información pública, no será posible su aprobación antes del 2 de enero próximo", admitió entonces la DGT.

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En este sentido, la DGT señaló que, "mientras se tramita la regulación correspondiente, no será aplicable la obligación previa de inscribir los vehículos de movilidad personal hasta que el registro esté debidamente regulado y operativo".

Concretamente, no será obligatorio asegurar los vehículos personales ligeros hasta que el registro esté "debidamente regulado y operativo", y pueda realizarse su inscripción.

"Lo antes posible"

No obstante, Tráfico ha recordado que los patinetes eléctricos que pesen más de 25 kilos y superen los 14 km/h de velocidad tienen que estar asegurados porque para ellos no es necesaria la inscripción previa en el registro de vehículos. El periodo transitorio para este aseguramiento finalizará el 26 de enero de 2026.

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Fuentes de la DGT indicaron que el real decreto que regulará el registro de los vehículos de movilidad personal estará listo "lo antes posible". Tras su entrada en vigor, todos estarán obligados a ser inscritos en el Registro de Vehículos con un procedimiento telemático a través de la Sede Electrónica de la DGT.