El Rey nombra a Rafa Nadal Marqués de Llevant de Mallorca
También nombra marqueses a la nadadora Teresa Perales y a la cantante Luz Casal
Europa Press
El Rey Felipe VI ha concedido los primeros títulos nobiliarios de su reinado, designando marqueses, entre otros al tenista Rafa Nadal, la nadadora Teresa Perales y la cantante Luz Casal, según ha informado Zarzuela.
El monarca no había concedido hasta ahora ningún titulo nobiliario en sus diez años de reinado y la decisión se ha producido justo en el undécimo aniversario de su llegada al trono.
En concreto, ha designado a Rafa Nadal como Marqués de Llevant de Mallorca; a Teresa Perales como Marquesta de Perales; y a Luz Casal como Marquesa de Luz y Paz, los tres con carácter hereditario.
El bioquímico y biólogo molecular Carlos López Otín será Marqués de Castillo de Lerés, con carácter vitalicio, y a la fotógrafa Cristina García Rodero nueva Marquesa del Valle de Alcudia, con carácter hereditario.
Asimismo, ha querido distinguir a quien fue jefe de la Casa del Rey hasta febrero de 2024, Jaime Alfonsín, con el título de Marqués de Alfonsín y carácter de grande de España. En su caso, el título también será hereditario.
"Son fuente de orgullo para España y son referencia permanente de valores que deben de inspirar a nuestra sociedad"
Según ha sostenido la Casa del Rey, todos ellos son "exponentes de la excelencia" por sus respectivas trayectorias, ya sea al servicio de la Corona o en el ámbito del pensamiento, la cultura, la ciencia, las artes y el deporte.
"Son fuente de orgullo para España y son referencia permanente de valores que deben de inspirar a nuestra sociedad y que se reflejan, tanto en el discurso de proclamación" del Rey el 19 de junio de 2014, como en los principios de servicio, compromiso y deber que imprime a su reinado, han precisado.
Potestad desde 1978
La concesión de titulos nobiliarios es una perrogativa del Rey, que tiene la potestad de "conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes" conforme al artículo 62 apartado f de la Constitución de 1978.
Esta se materializa a través de una real carta y es efectiva una vez se publica el real decreto de concesión en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en el que se especifican los detalles y condiciones del título otorgado.
Estos derechos honoríficos no se pueden vender ni comprar y suelen ser hereditarios, recayendo en el primogénito. En algunos casos pueden revertir a la Corona al quedar vacante el título por no haberse ejercido durante un cierto tiempo las acciones encaminadas a su adquisición o transmisión