La Dirección General de Tráfico (DGT) intensifica los controles de velocidad esta semana --entre este lunes y el próximo 24 de agosto-- en todas las vías españolas. Durante esta campaña especial de prevención y concienciación, la DGT prestará especial atención a las carreteras convencionales, aquellas que más peligrosidad y siniestralidad presentan y en donde menos se respetan los límites de velocidad.
El departamento que dirige María Seguí ha explicado que cumplir con los límites legales de velocidad podría evitar una cuarta parte de los muertos en accidente de tráfico. En 2013, 366 personas fallecieron en España y 1.518 resultaron heridas graves en accidentes en los que la velocidad fue uno de los factores concurrentes. De ellos, 233 fallecidos y 958 heridos graves lo fueron en accidentes ocurridos en vías convencionales. Según el Informe sobre la situación mundial de la seguridad vial 2013 de la Organización Mundial de la Salud, la limitación legal de la velocidad y su observancia pueden reducir de forma significativa los accidentes y las lesiones causadas por el tráfico.
Pero, pese a que la mayoría de los conductores circulan a la velocidad establecida, la DGT alerta de que todavía hay más de un millón de conductores que el año pasado en los controles practicados por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil excedían los límites de velocidad. Esta cifra va en la misma línea del estudio que la DGT realizó sobre velocidad libre en las carreteras españolas, es decir, velocidad a la que circulan cuando hay muy poco tráfico, nula presencia policial o de vigilancia, buen tiempo y tramos rectos, con ausencia de entradas y salidas y con poco o nulo desnivel.
CARRETERAS CONVENCIONALES
En dicho estudio se destaca que: en carreteras convencionales el 39 por ciento de los vehículos superaban la velocidad límite establecida y el 13 por ciento superaban el límite en más de 20 kilómetros por hora, lo que significa el doble de vehículos registrados con este exceso que en las vías desdobladas, en donde el porcentaje de vehículos que rebasaban el límite en 20kilómetros por hora fue del 6,5 por ciento.
En estas vías convencionales es donde se producen el 70 por ciento de los accidentes con víctimas, mientras que en autovías, el 10 por ciento de los conductores de vehículos superaban en 10 kilómetros la velocidad límite establecida.Otro estudio a nivel europeo, SARTRE 3, financiado por la UE sobre comportamientos y actitudes sociales, estima que el 25 por ciento de todos ciudadanos de la UE admiten superar los límites de velocidad en las autopistas y autovías y el 13 por ciento en las carreteras convencionales.
Para la DGT, el aumento de los viajes por carretera en los meses de verano y el mayor tránsito de vehículos por vías secundarias, debido al incremento de desplazamientos cortos que se realizan desde los lugares de descanso a otras poblaciones cercanas, son algunas de las causas que lleva al departamento a poner en marcha la campaña especial para intensificación de la vigilancia y control de la velocidad.
Como en campañas anteriores, se ha invitado a los ayuntamientos y a las comunidades que tienen transferidas las competencias de tráfico a sumarse a esta campaña, para transmitir el mensaje de que siempre se deben respetar los límites de velocidad establecidos, independientemente de la vía por la que se circule, con el fin de reducir la accidentalidad y la gravedad de los lesionados
120 KM/H SIGUE SIENDO EL MAXIMO PERMITIDO
Del mismo modo, la DGT apunta que la reforma de la Ley de Seguridad Vial --publicada el pasado 8 de abril en el BOE-- no varía para nada los límites establecidos. Por tanto la velocidad genérica máxima para turismos y motos en autopistas y autovías sigue siendo de 120 kilómetros por hora. En carreteras secundarias, de 100 o 90 kilómetros por hora en función de la anchura del arcén y en vías urbanas dicha velocidad genérica es de 50 kilómetros por hora.
En este sentido, recuerda que los conductores que las incumplan estarán cometiendo una infracción grave o muy grave, sancionada con multa de 100 a 600 euros y la pérdida de entre 2 y 6 puntos, dependiendo del exceso de velocidad cometido.
En el caso de que el exceso de velocidad fuera superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, el Código Penal lo tipifica como delito y es castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.