El juez rechaza imputar a Zapatero por malversación por las joyas halladas en su despacho
José Luis Calama considera que en 2007 no existía una obligación legal de entregar al Estado los regalos recibidos por los altos cargos
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado la petición de la Fiscalía Anticorrupción de investigar a José Luis Rodríguez Zapatero por un presunto delito de malversación relacionado con las joyas encontradas en su despacho. El magistrado considera que cuando el expresidente asegura que recibió esos obsequios, en 2007, no existía ninguna obligación legal que exigiera incorporarlos al patrimonio del Estado.
La Fiscalía sostenía que Zapatero podría haber incurrido en malversación al conservar unas joyas que, según su criterio, deberían haber pasado a formar parte del Patrimonio del Estado. El expresidente ha mantenido que las recibió como un regalo personal del entonces rey de Arabia Saudí, Abdalá bin Abdulaziz Al-Saud.
Las piezas fueron localizadas en una caja fuerte de su despacho durante un registro policial realizado el pasado mes de mayo. Su hallazgo abrió una nueva línea de investigación en el marco del caso Plus Ultra.
El Código de Buen Gobierno de Zapatero no tenía rango de ley
En su resolución, Calama explica que el Código de Buen Gobierno aprobado en 2005 por el propio Ejecutivo de Zapatero recomendaba que los obsequios de especial relevancia institucional se incorporasen al patrimonio público. Sin embargo, el magistrado considera que este documento tenía carácter ético y de autorregulación, pero carecía de fuerza normativa suficiente para fundamentar un delito de malversación.
El juez sitúa en 2013, con la aprobación de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno impulsada durante el Gobierno de Mariano Rajoy, el momento en el que se estableció expresamente que los altos cargos no podían aceptar regalos que excedieran los usos sociales o de cortesía y que los obsequios de relevancia institucional debían incorporarse al patrimonio de la Administración.
Por tanto, según el razonamiento del instructor, no se puede aplicar retroactivamente esa obligación a unos regalos que, de acuerdo con la versión de Zapatero, fueron recibidos seis años antes.
Calama considera que aceptar la tesis de la Fiscalía supondría realizar una interpretación extensiva del delito de malversación, aplicando a los hechos una obligación legal que todavía no estaba vigente cuando se produjeron.
Zapatero sigue investigado en el caso Plus Ultra
La decisión del juez supone que el expresidente no será investigado por este nuevo delito de malversación relacionado con las joyas. No obstante, Zapatero continúa investigado por otros presuntos delitos en el marco del caso Plus Ultra, entre ellos fraude fiscal y contrabando, vinculados a las pesquisas sobre las piezas encontradas en su despacho.
El magistrado también ha señalado que la conservación de los regalos podría suscitar reproches de carácter ético o político, pero considera que no concurren los requisitos legales necesarios para atribuirle un delito de malversación por estos hechos.
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