La infanta Cristina será juzgada por dos delitos fiscales, en el caso Nóos

  • Castro impone a los acusados del caso Nóos fianzas que suman 61,35 millones
  • La Casa Real expresa respeto absoluto a la independencia judicial

La infanta Cristina será juzgada por la Audiencia de Palma como presunta cooperadora en dos delitos fiscales cometidos por su marido, Iñaki Urdangarin, una vez que el juez instructor del caso Nóos, José Castro, la ha incluido como acusada en el auto de apertura de juicio oral que ha dictado hoy. En contra de los argumentos de la defensa de la infanta, la Fiscalía y la Abogacía del Estado, Castro ha considerado que la acusación popular que ejerce el sindicato Manos Limpias está legitimada para llevar a juicio en solitario a la hermana del Rey, para la que reclama 8 años de prisión.

El juez instructor, que fija para la infanta una fianza por responsabilidad pecuniaria de 2,6 millones de euros, ha dejado fuera de la lista de 20 imputados que fijó la Audiencia de Palma al vicealcalde de Valencia Alfonso Grau, y a los exdirectivos de Madrid 2016 Miguel de la Villa y Gerardo Corral. En un auto de 150 páginas contra el que, según su criterio, no cabe recurso alguno, Castro rebate los argumentos de la defensa de la duquesa de Palma y, particularmente, los de la Fiscalía Anticorrupción, que presentaron escritos reclamando el sobreseimiento de la causa respecto a ella en aplicación de la doctrina Botín.

Una de las razones esenciales del instructor es que en el caso en el que el Tribunal Supremo decretó que la acusación popular no estaba legitimada por sí sola para llevar a juicio al presidente del Banco de Santander la Fiscalía y la Abogacía del Estado reclamaban el sobreseimiento de la causa, mientras que en el caso Nóos sólo lo solicitan para la infanta (y parcialmente para Ana María Tejeiro, esposa del Diego Torres, el socio de Urdangarin).

La Abogacía del Estado, que representa a la Agencia Tributaria, "sí que se estima perjudicada" por presuntos delitos fiscales de Iñaki Urdangarin, para quien pide condena por los mismos, igual que la Fiscalía, recuerda el juez. "Al no haber quedado satisfecho el interés social y el individual, aun sin la intervención de quienes teóricamente se presentan como sus exclusivos paladines, indefectiblemente se produciría la apertura de juicio oral, si bien con una extensión subjetiva algo distinta" de la que plantea la Agencia Tributaria, continúa.

Pero puntualiza que la Abogacía del Estado no define su perjuicio "en el ámbito tributario administrativo, lo que podría ser una apreciación lógica, sino (que designa) penalmente y a su capricho a las personas que habrán de responder por ello, excluyendo inexplicablemente a otras" contra el criterio del instructor y la Audiencia de Palma, subraya Castro. Además, el juez indica que la interpretación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que hizo el Supremo en la doctrina Botín fue "novedosa, sorpresiva y no unánime", y ha sido matizada en posteriores sentencias del mismo órgano que avalan la legitimación de la acción popular para abrir juicio oral, basada en el reconocimiento constitucional de esa figura.

Considera asimismo que el bien jurídico dañado en un delito fiscal no puede quedar solo bajo la protección de la acusación particular de la Abogacía del Estado, porque eso "sería tanto como decir que ante un fraude del que fuera víctima una comunidad de propietarios el perjudicado sería su administrador y no aquellos".

En respuesta a los reproches del fiscal del caso, Pedro Horrach, sobre la supuesta indefensión de la infanta ante la actuación de Castro, el juez asegura que "ninguna imputación ha sido tan profusamente fundamentada", y que de haber diferencia de trato sería por haber sido con ella "incluso aun más garante que con los demás imputados. "La alegada indefensión, si es que existe en algún recóndito tramo que no es adivinable, será la misma que padecerían todos los imputados en esta causa y de todas las demás que se siguen en España".

CASTRO: "RECURRIR SE PUEDE RECURRIR, OTRA COSA ES QUE SE ADMITA"

El juez instructor del caso Nóos, José Castro, ha dicho que considera que no cabe recurso al auto de apertura de juicio oral que ha dictado hoy para esta causa, aunque ha precisado: "Recurrir se puede recurrir, otra cosa es que se admita el recurso".El juez ha respondido de manera escueta a la salida del juzgado preguntado por los periodistas, a los que ha señalado que desconoce qué hará el fiscal del caso, Pedro Horrach.

El instructor del caso Nóos entiende que como no ha acordado ninguna medida de carácter personal limitativa de la libertad de los acusados, no es posible recurrir contra el auto en el que señala quiénes serán juzgados por la Audiencia de Palma por su presunta participación en la trama de corrupción liderada por Iñaki Urdangarin y Diego Torres."Contra esta resolución no cabe recurso alguno, pudiendo los interesados reproducir ante el órgano de enjuiciamiento las peticiones no atendidas", concluye la resolución del juez.

Castro también ha comentado que espera que la instrucción haya concluido con el auto de 150 páginas que se ha hecho público hoy y que "todo lo que tenía que decir" sobre esta causa lo ha puesto por escrito.

LA DEFENSA DE LA INFANTA RECURRIRÁ A LA AUDIENCIA EL AUTO DEL JUEZ CASTRO

La defensa de la infanta Cristina recurrirá ante la Audiencia de Palma la decisión del juez José Castro de enviarla a juicio porque, aunque es firme, su argumentación "va más allá de lo que sería un auto propio de apertura de juicio oral", según el abogado Miquel Roca.

En declaraciones a los periodistas a las puertas de su despacho, Roca ha anunciado que recurrirá el auto de José Castro, en lo referente a su argumentación sobre la "legitimidad" de la acusación popular para enviar a juicio a la infanta Cristina en contra de la opinión de la Fiscalía.

Para Roca, aunque el auto de Castro es firme, sí puede ser recurrible su argumentación para sentar a la infanta en el banquillo, por lo que la defensa pedirá a la Audiencia de Palma que aplique la llamada doctrina Botín del Tribunal Supremo, que establece que la acusación popular no está legitimada a enviar un imputado a juicio contra el criterio de la Fiscalía y la Abogacía del Estado.

LA CASA REAL EXPRESA RESPETO ABSOLUTO A LA INDEPENDENCIA JUDICIAL

La Casa Real ha expresado su "respeto absoluto a la independencia del poder judicial", tras conocerse esta mañana la decisión del titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, de sentar en el banquillo de los acusados a la Infanta Cristina como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales.El juez considera que el papel de la Infanta Cristina fue imprescindible para que su marido Iñaki Urdangarín, defraudase hasta 337.138 euros a Hacienda a través de Aizoon, empresa presuntamente pantalla de la que ambos son propietarios.

La Casa Real ya anunció el pasado 7 de noviembre que deja en manos de la Infanta la decisión de renunciar o no a sus derechos dinásticos. "Es una cuestión que le corresponde a ella", indicó en su momento un portavoz de Zarzuela. Cristina de Borbón es la sexta en el orden sucesorio al trono de España. Las fuentes consultadas se han remitido al comentario realizado en aquel momento, con motivo de que la Audiencia Provincial de Palma acordase mantener la imputación de la Infanta por dos delitos fiscales, pero no por blanqueo de capitales.