Las empresas perderán la tarifa plana por un despido improcedente

  • La medida se aplicará hasta el 31 de diciembre y se amplía a las conversiones de temporal a indefinido
  • La tarifa plana de cotización oscilará entre 50 y 100 euros según la jornada

Las empresas que se acojan a la tarifa plana de 100 euros en la cotización empresarial por contingencias comunes perderán esta ayuda si realizan un despido que sea declarado por el juez como improcedente, lo que implicará la devolución de esta bonificación con los recargos e intereses aplicables.

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima báñez, explicó, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que con esta medida "queremos que muchas empresas se animen a contratar de forma estable". Además, destacó que supone "ventajas para los empresarios y los autónomos" y que el trabajador "tendrá todas las garantías de protección social a las que da derecho ese tipo de contrato de forma indefinida".

Por su parte, fuentes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social explicaron que tampoco podrán acceder a la reducción de cotizaciones si la empresa ha realizado un despido improcedente en los seis meses anteriores a la contratación, empezando a contar a partir del 25 de febrero de este año, que es la fecha en la que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, hizo el anuncio y que es en la que se considera que entra en vigor el Real Decreto aprobado por el Gobierno.

Esta ayuda, que, en principio, estará en vigor hasta el 31 de diciembre de este año, aunque se podría prorrogar, se aplicará también a las conversiones de contratos temporales en indefinidos, pero siempre y cuando éstas vengan acompañadas de otras contrataciones nuevas que supongan un aumento del empleo total en la empresa.

Desde Empleo explicaron también que en el caso de los trabajadores a tiempo parcial, la tarifa plana se reducirá en función de la jornada realizada. Es decir, un empleado con una jornada del 75% de la de tiempo completo tendrá una cotización de 75 euros, mientras uno con media jornada tendrá una de 50 euros.

Asimismo, el Ministerio subraya que para el acceso a prestaciones por desempleo o de otro tipo ligadas a la cotización del trabajador, se aplicará la base total sin tener en cuenta la reducción. Es decir, no se tendrá en cuenta una cotización de 100 euros sino la que le correspondería habitualmente.

El Ejecutivo obliga a las empresas que se beneficien de esta ayuda, que se aplicará durante 24 meses, a mantener el empleo durante tres años. En el caso de las microempresas con menos de 10 trabajadores, durante ese tercer año podrán aplicar una reducción del 50%, mientras que en el que en el resto de casos la cotización será la normal.Además, explicaron que esta rebaja en la cotización sólo se aplicará en el sector privado, y no en las administraciones ni empresas públicas.