El Tribunal de Estrasburgo aplaza su dictamen sobre al condena a Otegi

Arnaldo Otegi
Arnaldo Otegi |Telemadrid

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha aplazado su dictamen sobre la imparcialidad del tribunal que condenó al exlider de Batasuna y Sortu Arnaldo Otegi por pertenencia a ETA en el proceso por el `caso Bateraguneï. El tribunal de Estrasburgo ha aplazado sin fecha prevista de resolución el análisis de la denuncia de Otegi por ausencia de un juicio justo.

Ahora el tribunal espera que el Gobierno español, como parte demandada, presente alegaciones sobre la denuncia de Otegi, que fue condenado a seis años y medio de prisión y a diez años de inhabilitación para ocupar cargos públicos.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha desestimado el resto de las alegaciones de la defensa del dirigente abertzale, referidas a una supuesta falta de imparcialidad de dos miembros del Tribunal Constitucional que rechazaron en julio de 2014 el recurso de amparo de Otegi contra la sentencia de la Audiencia Nacional.

En concreto, la defensa de Otegi sospecha que fueron parciales el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, que fue militante del PP hasta antes de acceder al cargo, y al magistrado Antonio Narváez. Este fue recusado por los abogados de Otegi por haber participado como fiscal del Tribunal Supremo en la demanda para pedir que no se inscribiera Sortu como partido político, escrito en el que hacía varias referencias a Bateragune.

SEIS MESES DE PENA

Otegi fue condenado por intentar reconstruir esta formación ilegalizada de la órbita de ETA, lo que constituía un delito de pertenencia a organización terrorista. El dirigente abertzale fue condenado por el Tribunal Supremo a seis años y medio de cárcel, de los que le quedan por cumplir seis meses.

La abogada de Otegi , Jone Goirizelaia, presentó recurso contra la decisión del Supremo, ratificada por el Tribunal Constitucional en julio de 2014, por entender que se habían vulnerado sus derechos a la imparcialidad judicial y a la presunción de inocencia.

El Constitucional ratificó la sentencia del Supremo, que a su vez había rebajado de diez a seis años y medio la pena impuesta al líder abertzale por la Audiencia Nacional. La decisión fue polémica y salió adelante por siete votos a cinco. Además de la pena de prisión, se le impuso a Otegi la inhabilitación para ocupar cargos públicos por diez años.

"INELEGIBILIDAD"

Este dato tiene especial importancia a menos de un mes de las elecciones generales del 20 de diciembre. De hecho, ayer mismo la Fiscalía de la Audiencia Nacional solicitó la liquidación de las condenas de 46 condenados en procesos relacionados con el entramado etarra, entre ellos Arnaldo Otegi , y que las comuniquen a la Junta Electoral Central para que las tenga en cuenta a la hora de determinar la "inelegibilidad" de algunos candidatos de la izquierda abertzale.

Con la última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Gobierno introdujo una cautela para que no volviera a producirse la aplicación inmediata y extensiva de las sentencias del Tribunal de Estrasburgo, una de cuyas decisiones motivó la excarcelación de la etarra Inés del Rio tras su pronunciamiento en contra de la `doctrina Parotï y de varios etarras más.

Según esta nueva regulación en las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en los asuntos en los que España haya sido parte demandada y en que se declare la violación de un derecho, se podrá interponer recurso de revisión ante el Tribunal Supremo, lo que podría retrasar la ejecución de la sentencia.