Ley de nietos | TELEMADRID
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THE OBJECTIVE publica el expediente de un mexicano que obtuvo la nacionalidad española al amparo de la 'ley de nietos' cuyos padres nacieron en México antes de la Guerra Civil y que habría obtenido la nacionalidad, según la documentación consular consultada por el periódico, sin pruebas que acreditasen el origen español de sus antepasados o que tuvieron que abandonar España por motivos políticos.

El expediente corresponde a Juan G., nacido en México en 1944. Sus padres, Juan Manuel y Consuelo, nacieron en el país americano en 1913 y 1918, respectivamente, varias décadas antes de la Guerra Civil española. Según la exclusiva, el solicitante aportó un certificado de matrimonio de sus padres y declaró que su abuelo paterno era español, pero en el expediente no figurarían partidas de nacimiento, fe de bautismo ni otros documentos que acreditasen ese origen familiar.

Así, el solicitante obtuvo la nacionalidad española y el correspondiente pasaporte, a pesar de la ausencia del requisito de "exilio por persecución" fijado por el Congreso en la ley 20/2022, de Memoria Democrática.

Esta norma abrió distintas vías para que determinados descendientes de españoles pudieran adquirir la nacionalidad, entre ellos los hijos y nietos de quienes sufrieron el exilio como consecuencia de la Guerra Civil y la dictadura franquista. Hechos que no se dan en el caso de Juan, cuyos padres no se vieron obligados a huir del país durante la dictadura franquista y nacieron, crecieron y residieron en territorio mexicano.

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¿Cómo fue posible?

La controversia se centra en la instrucción de 25 de octubre de 2022, impulsada por Sofía Puente, hermana del ministro Puente, y entonces directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Esa directriz rebajó las exigencias que imponía el propio texto legal y permitió tramitar solicitudes sin la acreditación documental que habría exigido una aplicación estricta de la ley aprobada por el Congreso.

THE OBJETIVE, citando fuentes encargadas de instruir y evaluar las peticiones de nacionalidad en el extranjero, aseguran que el impacto de la instrucción de Sofía Puente, es colosal. "Solo en la demarcación consular de México, más del 90% de las solicitudes que han obtenido el visto bueno y han finalizado en nacionalización efectiva se han tramitado al amparo de esta directriz, sorteando los requisitos de exilio político que fijaba la ley aprobada en el Parlamento".

Según las cifras oficiales, desde la entrada en vigor de la ley se han registrado alrededor de 2,4 millones de solicitudes y se han concedido más de 163.000 nacionalidades. El periódico recoge además testimonios de fuentes consulares que cuestionan el alcance de las comprobaciones documentales realizadas, lo que habría alterado en la práctica las condiciones de acceso a la nacionalidad establecidas por el legislador.

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Pero, el problema no es únicamente el número de nacionalidades concedidas, sino si el Gobierno aplicó los criterios establecidos por las Cortes o los amplió mediante una interpretación administrativa contraria a la ley y a los límites de la potestad reglamentaria y administrativa.

Precisamente, tras la denuncias presentadas, el Tribunal Supremo decretó la suspensión cautelar de la directriz de Sofía Puente, al apreciar serios indicios de ilegalidad por haber modificado mediante una simple instrucción aspectos sustantivos de una ley. En sus autos, el Alto Tribunal advierte del riesgo irreparable de conceder la nacionalidad y acordó suspender cautelarmente el derecho al voto de los nacionalizados comprendidos en el ámbito de su resolución, con un mecanismo de comprobación individualizada de los requisitos.

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Pese al contundente freno impuesto por el Tribunal Supremo, el Gobierno se resiste a acatar el auto y ha cuestionado la viabilidad de revisar los expedientes en los plazos disponibles para que puedan ejercer su ejercicio al sufragio.

Así, Moncloa ha activado al Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo , para interponer un recurso de amparo con medidas cautelarisimas ante el Tribunal Constitucional, y que se permita votar a los afectados en las elecciones del 29 de noviembre.

Iustitia Europa, por su parte, ha pedido al Constitucional que rechace la medida cautelar solicitada por el Defensor y mantenga las resoluciones del Supremo.