El Supremo revoca la prohibición del "burka" acordada por Ayuntamiento Lérida

  • El Supremo estima que la prohibición del "burka" limita la libertad religiosa
Burka en Holanda
Burka en Holanda |Telemadrid

El Tribunal Supremo (TS) ha estimado que prohibir el velo islámico y otras prendas que ocultan el rostro, como el "burka", en edificios municipales, tal y como aprobó el ayuntamiento de Lleida, limita la libertad religiosa, una decisión que el alcalde de esa ciudad, Ángel Ros, acata pero no comparte.

El Supremo rechaza así la ordenanza que el consistorio leridano aprobó en 2010 y revoca también la sentencia del Tribunal Superior de Justicia Cataluña (TSJC) que avaló la prohibición de este tipo de vestimenta, al estimar el recurso contra esta resolución que interpuso la asociación musulmana Watani.

Para acordar una medida de este tipo por medio de una ordenanza municipal es "exigencia indeclinable" una ley previa que establezca "el límite para el ejercicio fundamental de libertad religiosa, que la prohibición del velo integral supone", explica el Alto Tribunal en la sentencia.

"Visto en este caso que tal ley no existe, basta solo con ello, para afirmar que la prohibición establecida" vulnera ese derecho fundamental, agrega el alto tribunal, que sin embargo precisa que esta decisión "no prejuzga la posibilidad de que el legislador establezca la regulación que considere adecuada".

El TS rechaza además, tal y como afirmaba el Tribunal Superior de Justicia Cataluña, que el uso del velo integral perturbe la tranquilidad ciudadana, la seguridad y el orden público y que la medida sea necesaria para proteger la igualdad de la mujer.

La sentencia califica de "sumarias y carentes de desarrollo" esas conclusiones porque "adolecen de una falta total de base" y recuerda que "entre los elementos de orden público protegidos por la ley" la Constitución consagra el de libertad religiosa.

Tampoco considera adecuado que para justificar la prohibición "pueda partirse del presupuesto, explícito o implícito, de que la mujer, al vestir en nuestros espacios públicos el velo integral, lo hace, no libremente, sino como consecuencia de una coacción externa contraria a la igualdad de la mujer".

Se trata de la primera vez que el Supremo se pronuncia sobre esta cuestión "de intenso debate tanto en España, como antes en otros países" y recuerda que "en nuestro entorno occidental no existe en general dicha prohibición, pese a que en distintos países han surgido propuestas" en este sentido.

El alcalde de Lleida ha asegurado que acatará la decisión del Supremo si bien ha remarcado que no la comparte porque "en el fondo, lo previsto en la ordenanza tenía como fin velar por la igualdad hombre-mujer, por la no discriminación de la mujer en el espacio público".

"La sentencia establece que puede haber cámaras legislativas que sí que regulen en este sentido e intentaremos que los parlamentos autonómicos o las Cortes Generales regulen en el sentido que lo había hecho la ordenanza de Lleida, que vela por la igualdad hombre-mujer y la no discriminación", ha subrayado Ros.

Las organizaciones de mujeres han considerado que el "burka" atenta contra la dignidad de las mujeres y han añadido que la libertad religiosa no puede estar por encima de otros derechos y libertades.

"No saber que el uso del velo o el 'burka' supone una desigualdad que existe y que está marcada por la tradición religiosa y cultural es acarrear un profundo desconocimiento, porque las mujeres lo llevan para no sufrir el rechazo social de su comunidad", ha afirmado la presidenta de la Federación de Mujeres Progresistas, Yolanda Besteiro.

En el mismo sentido se ha pronunciado la presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, Ángela Cerrillos, quien ha dicho estar en desacuerdo con la decisión del Supremo porque el "burka" atenta contra la dignidad de las mujeres "por cuanto no es una prenda que se usa indiscriminadamente por parte de los dos sexos".

Por el contrario, el presidente de la Unión de Comunidades Islámicas de España (UCIDE), Riay Tatary, ha celebrado la sentencia del Supremo porque "reconoce el ejercicio de la libertad religiosa".

A su juicio, no es necesario prohibir el uso de estas prendas porque de esa manera "se asusta a la gente" y fomenta una postura "hostil" hacia la mujer musulmana.

El presidente de la UCIDE se ha mostrado "personalmente convencido" de que la igualdad no se representa a través de la vestimenta, sino en las actitudes y de que "no hay mujer que se ponga algo que no quiere".