El Supremo anula parte del indulto al banquero Alfredo Sáenz

  • Ganó 11,6 millones el año en que Zapatero le indultó
  • Gallardón anuncia cambios en la regulación del indulto según el criterio Supremo
Alfredo Sáenz
Alfredo Sáenz |Telemadrid

El Tribunal Supremo ha anulado los efectos administrativos -cancelación de antecedentes- del indulto que concedido por el Gobierno de José Luis Rodríguez-Zapatero en noviembre de 2011, cuando ya se encontraba ya en funciones, al consejero delegado del Banco Santander Alfredo Sáez. El banquero había sido condenado a tres tres meses de arresto e inhabilitación por denuncia falsa.

El alto tribunal estima que el Gobierno socialista se excedió en la aplicación del indulto al pretender que la condena impuesta a Sáenz por un delito doloso no le afectara a la hora de serle aplicada la normativa bancaria que le inhabilita para ser banquero.

Esta normativa impone el requisito legal de "honorabilidad", imprescindible para seguir ejerciendo como directivo del banco, según exigen las Directivas Europeas y el Régimen Jurídico de las Entidades de Crédito del Banco de España.

Por unanimidad de los ocho magistrados que integran la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, el Tribunal Supremo acoge el recurso presentado por varios empresarios a los que Sáenz acusó falsamente de estafa durante su etapa de Banesto.

El recurso sólo afectaba a un párrafo del indulto, el relativo a la incidencia de la medida de gracia en la normativa bancaria que inhabilitaba al banquero. En concreto, los recurrentes consideraban "ilegal" el párrafo del Real Decreto que excluye "cualesquiera otras consecuencias jurídicas o efectos derivados de la sentencia, incluido cualquier impedimento para ejercer la actividad bancaria, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del presente Real Decreto".

CONDENA A SAENZ

Sáenz fue condenado a raíz de una denuncia presentada por los empresarios Pedro Olabarría, Modesto González Mestre y los hermanos José Ignacio y Luis Fernando Romero García, que fueron detenidos en 1994 por el juez en Barcelona posteriormente expulsado de la Carrera Lluís Pasqual Estevil. Banesto, de la que Sáenz era entonces presidente, les reclamaba más de 600 millones de pesetas.

Tras decaer esta acción por estafa, los empresarios actuaron contra Sáenz y otros directivos por denuncia falsa y en diciembre de 2009 la Audiencia Provincial de Barcelona les condenó a seis meses y un día de prisión y a multa por denuncia falsa. Posteriormente, la pena fue rebajada por el Supremo.

Según el recurso admitido unánimemente este martes por el alto tribunal, el departamento de Justicia a cargo de Francisco concedió un indulto que excede lo regulado la Ley de 18 de junio de 1870, en la que se establecen las reglas del indulto. Según estas reglas, las medidas de gracia deben referirse sólo a delitos y penas accesorias, y no a decisiones administrativas.

El 2 de septiembre de 2011, la Audiencia Provincial de Barcelona rechazó la solicitud de Sáenz de no inscribir la sentencia condenatoria del Supremo en el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia hasta la resolución del indulto y del recurso de amparo presentado ante el Tribunal Constitucional.

El Consejo de Ministros concedió al consejero delegado del Santander un indulto parcial que conmutó la pena impuesta de arresto mayor y la accesoria de suspensión de ejercicio profesional por la multa máxima prevista en la legislación, que no supera los 3.000 euros.

GALLARDÓN INCORPORARÁ LA DOCTRINA DEL SUPREMO A LA LEY DEL INDULTO

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, se ha mostrado hoy "plenamente dispuesto" a reformar la regulación del derecho de gracia para incorporar la doctrina del Tribunal Supremo (TS), que ha anulado los efectos administrativos del indulto al consejero delegado del Santander, Alfredo Sáenz.

En rueda de prensa en el Congreso, Ruiz-Gallardón ha reconocido que no ha tenido acceso a la resolución del Supremo, pero ha estimado que tras el fallo se debe reflexionar "sobre cuáles deben ser las formas, las condiciones, las limitaciones en su caso, del ejercicio del derecho de gracia por parte del Ejecutivo".

En opinión de Gallardón, que el Supremo haya limitado el indulto concedido por el anterior Gobierno es un hecho "ciertamente importante" y tiene "pocos precedentes en nuestra historia judicial", por lo que es necesario estudiar el asunto en profundidad.

Y ha dejado claro que el Gobierno está "plenamente dispuesto" a que la doctrina del Supremo adquiera rango legal.

"Puede ser una oportunidad magnífica para que esta doctrina establecida por el Tribunal Supremo la incorporemos a nuestro ordenamiento jurídico", ha reiterado sin avanzar los cambios que se podrían introducir en la legislación a la espera de conocer la resolución completa. EFE