El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha afirmado este jueves 15 de diciembre que su departamento revisará la calificación penal ante imprudencias producidas en accidentes de tráfico y que trabajarán "para que quede bien aclarado que cuando hay un incumplimiento de las reglas de la circulación de carácter grave, implica una imprudencia grave y, por tanto, una sanción mayor". Asimismo, revisará el concepto de omisión de socorro para que este no quede impune.
"Casos en donde hay circunstancia como invasión de carril, impacto o fallecimiento sin atención por parte del causante no puede ser calificado como imprudencia leve y tener una mera sanción económica menor sin ninguna responsabilidad", ha afirmado el titular de Justicia, al tiempo que ha añadido que dicha revisión se centrará en la calificación de imprudencia leve o grave y no en si las faltas se tramiten en el ámbito penal o administrativo.
Catalá ha realizado estas declaraciones tras recibir en la sede de su ministerio a Anna González quien, a través de la plataforma change.org, ha reunido más de 188.000 firmas con su campaña #porunalyejusta en la que pedía la modificación de dos artículos del Código Penal: el 142 que regula el homicidio por imprudencia, y el 195 que regula la omisión del deber de socorro.
En este sentido, Catalá ha indicado que pretenden evitar que "casos paradógicos con un resultado grave como cuando se produce un fallecimiento, puedan quedar sin una respuesta del derecho penal suficiente".
TIPO NUEVO PARA LA OMISION DE SOCORRO
Respecto al concepto de omisión de socorro, el ministro ha señalado que se trata de un concepto que "está creado en los años noventa y que no atiende, quizás, a una realidad muy vinculada con la seguridad vial y en particular con la actividad de los ciclistas ya que, lamentablemente, son muchas las víctimas que se producen".
Así, ha abogado por crear "un tipo nuevo en el cual se establezca que cuando una persona causa una lesión en materia de circulación de tráfico y seguridad vial, se cree una obligación adicional para atender y facilitar ayuda a la víctima" y que no se den "situaciones paradójicas como la que ha declarado el Tribunal Supremo que si hay fallecimiento, no hay omisión de socorro porque ya no se podía socorrer a un fallecido".
Igualmente, el ministro ha señalado que este tema se tratará en el contexto general de una reforma ya que "el Código penal no se retoca ni cada día, ni cada seis meses, ni para temas puntuales". Por ello, ha abogado por "fortalecer la colaboración con la Fiscalía General del Estado, en particular con la Fiscalía de Seguridad Vial, para que la participación de los fiscales en este tipo de asuntos tengan una sensibilidad especial".
Por su parte, Ana González se ha mostrado "muy agradecida ante la atención recibida por Catalá y el apoyo de estas 188.000 firmas. "Estamos bastante cerca de conseguir un cambio", ha sentenciado.
González perdió a su marido, Oscar, en 2013, cuando un camión le atropelló mientras éste circulaba en bici por el arcén, en la autovía de Toledo camino a su trabajo. El conductor no paró, se dio a la fuga y fue acusado de imprudencia leve. "Al fallecer el ciclista en el acto, no hay omisión del deber de socorro. Por lo que se archivó el caso", ha explicado. En junio de este año, a Anna le llegó la resolución de un recurso presentado ante la Audiencia Provincial de Madrid donde se aceptaba que el conductor sea juzgado por la vía penal por el delito de homicidio por imprudencia, aunque no por el de omisión del deber de socorro.