La Junta Electoral Central se declara incompetente para excluir a los candidatos de Bildu condenados por terrorismo

  • Rechaza la petición de Vox y recuerda que instar la ilegalización de un partido es competencia del Gobierno y del Ministerio Fiscal

La Junta Electoral Central (JEC) ha recordado este viernes que carece de competencia para revisar la condición de elegibilidad de los 44 integrantes de las listas electorales de EH Bildu para las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo que fueron condenados por terrorismo, respondiendo así a las peticiones que habían realizado, entre otros partidos, desde Vox.

Sobre los 44 condenados por terrorismo, la Junta Electoral Central indica que las Juntas Electorales de Zona son "los órganos competentes para resolver las reclamaciones que los representantes de las candidaturas concurrentes a las elecciones puedan hacer sobre las irregularidades en que pueda incurrir un candidato" y sostiene que la decisión que adopte dicho órgano "no es recurrible ante la Junta Electoral Central, sino que tan solo cabe recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente".

Estos son los 37 etarras que aun quedan en las listas electorales de Bildu
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En una segunda exposición, la Junta Electoral Central argumenta que la Ley de Partidos, a la que citaba Vox para ilegalizar EH Bildu, "no atribuye legitimación a la Administración electoral para instar la declaración de ilegalidad de un partido político y su consecuente disolución" y vuelve a recordar que esa competencia se atribuye "únicamente" al Gobierno y al Ministerio Fiscal, "si bien el Congreso de los Diputados o el Senado podrán instar al Gobierno para que plantee esa ilegalización".

La Fiscalía rechaza instar la ilegalización de Bildu
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Por último, la JEC también apunta que el artículo 6.4 de la LOREG "se refiere a candidatos electos por partidos o federaciones declarados ilegales con posterioridad mediante sentencia judicial firme", un supuesto "que tampoco se produce en el presente caso", según ha explicado el organismo arbitral.

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