El Gobierno aprueba la Ley de infancia que amplía la prescripción del delito de abusos sexuales a menores

  • La ley también recoge la pérdida de la patria potestad para padres agresores en casos de violencia machista
Niños frente al ordenador
Niños frente al ordenador |Archivo

El Gobierno ha aprobado este martes en Consejo de Ministros el proyecto de Ley orgánica de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia, para su remisión al Congreso y que inicie su tramitación parlamentaria. La norma aumentará el plazo de prescripción del delito de abuso sexual a menores, de forma que este empezará a contar a partir del momento en que la víctima cumpla 30 años, y no 18 como ocurre actualmente. La ley también recoge la pérdida de la patria potestad para padres agresores en casos de violencia machista.

“Tolerancia cero a los abusos, a la violencia; pero también a la impunidad”, dijo la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en el que se ha aprobado la ley. Mientras, el vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, ha pedido "perdón" a todas las personas que han sido víctimas de violencia y abusos sexuales en la infancia, para los que "llega tarde".

Aumentan los plazos de prescripción

Uno de los cambios que conllevará esta nueva ley será que el plazo de prescripción de los delitos graves contra menores, como los abusos sexuales, no empezará a correr hasta que la víctima haya cumplido los 30 años. Actualmente, empieza a contar cuando la víctima cumple 18 años y los delitos prescriben entre 5 y 15 años después, dependiendo de su gravedad.

A pesar del aumento que prevé el anteproyecto, asociaciones de víctimas de abusos lo consideran insuficiente y han reclamado que el plazo empiece a contar cuando la víctima cumpla 40 años.

Deber de denunciar al cónyuge

Se estima que sólo uno de cada cinco delitos contra la infancia es denunciado. Por tanto, la ley también obliga a todo ciudadano a denunciar cualquier delito que presencie contra un niño o niña. Así la ley obligará a denunciar al cónyuge y a los familiares cercanos de la persona que haya cometido un hecho delictivo grave contra una persona menor de edad.

En general, la normativa establece que se generaliza el deber de comunicar cualquier situación de violencia sobre niños, niñas o adolescentes a la autoridad aun cuando no sea delito, especialmente entre aquellos colectivos profesionales que tengan un contacto habitual con personas menores de edad.

Privación de la patria potestad

La ley también recoge la pérdida de la patria potestad para padres agresores en casos de violencia machista. "Un asesino machista jamás puede ser un buen padre y, por tanto, no puede tener derecho a la patria potestad", dijo el vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias.

Igualmente, la norma concede nuevos derechos de las víctimas de delitos de violencia de género cuando el autor de los hechos sea una persona menor de dieciocho años en línea con el Estatuto de la víctima del delito.

Actuaciones en los colegios

Además, la futura ley plantea crear una nueva figura en todos los colegios, la del "coordinador de bienestar y protección", una función que el Colegio Profesional de Educadoras y Educadores Sociales ha reivindicado para ellos.

Asimismo, la ley establece que se deberán establecer en los centros escolares protocolos de actuación frente a indicios de acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género, suicidio, autolesión y cualquier otra forma de violencia. Víctimas de abusos en la Iglesia han lamentado que la nueva ley "silencia" sus casos pues "no menciona" la pederastia eclesial.

Registro sobre la violencia contra menores

Se creará un Registro Central de Información sobre la violencia contra la infancia. Igualmente, se crearán unidades especializadas en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y se dará formación especializada a jueces y fiscales para proteger a los niños y niñas de la violencia. También se prevé una jurisdicción específica para estos delitos.

Asimismo, los centros de menores deberán fijar protocolos de prevención obligatorios, con planes específicos de prevención y detección precoz ante posibles casos de trata con fines de explotación sexual de menores. Esta medida iría dirigida a evitar casos como el que está investigando la Fiscalía sobre la presunta explotación sexual que sufrieron 16 menores tutelados por el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS).

Ambos progenitores decidirán la residencia del menor

Por otro lado, se atribuye la facultad de decidir el lugar de residencia de los hijos menores de edad a ambos progenitores. De este modo, se requerirá consentimiento de ambos o autorización judicial para el traslado del menor, con independencia de la medida que se haya adoptado en relación a su guarda o custodia, salvo suspensión o privación de la potestad o atribución exclusiva de dicha facultad a uno de los progenitores.

También se prohíbe la publicidad que por sus características pueda provocar en personas menores de edad la adopción de conductas violentas sobre sí mismas o sobre terceros, así como los que integren una serie de estereotipos de carácter sexista, racista, estético o de carácter homofóbico o transfóbico.

Nuevos tipos delictivos

Además, se da una nueva regulación a los delitos de odio, incorporando la edad como causa de discriminación, tanto sobre los niños, niñas y adolescentes, como sobre las personas de edad avanzada e incluyendo la aporofobia y la exclusión social dentro de estos tipos penales.

La norma también incluye nuevos tipos delictivos para evitar la impunidad de conductas realizadas a través de medios tecnológicos y de la comunicación, que producen graves riesgos para la vida y la integridad de las personas menores edad, así como una gran alarma social, como las que promuevan el suicidio, la autolesión o los trastornos alimenticios entre personas menores de edad.

Igualmente, se regula el canal específico de denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos para garantizar una adecuada protección del derecho fundamental a la protección de datos personales y la rápida retirada de Internet los contenidos que atenten gravemente contra el mismo.