El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real decreto que flexibiliza algunos aspectos de la regulación de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en aplicación de la normativa europea, al tiempo que las exige más medios para controlar fraudes en las emisiones.
La norma fija los requisitos que deben satisfacer las estaciones ITV en cuanto a personal, formación, instalaciones, equipos y procedimientos de inspección para mejorar la seguridad vial y la protección del medio ambiente.
Tras los recientes escándalos de emisiones detectados en diferentes fabricantes de automóviles, se obliga, por primera vez, a las estaciones a disponer de herramientas de diagnóstico electrónico que se conecten con los ordenadores de a bordo de los vehículos.
Según el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad se trata de "un primer paso hacia la inspección de los sistemas de seguridad electrónicos y la mejora del control de emisiones".
DEJA DE SER OBLIGATORIO REPETIR LA INSPECCIÓN TÉCNICA EN LA MISMA ESTACIÓN
Por lo que respecta al usuario, deja de ser obligatorio repetir la inspección en la misma estación en caso de que la anterior resultara desfavorable o negativa.
Lo que sí se mantiene es la fecha de la siguiente revisión, con independencia del momento en que se ha producido la anterior, con un plazo máximo de un mes.
A partir de ahora, si el vehículo pasa la inspección por adelantado no se modificará la fecha prevista para la siguiente, siempre que este adelanto no supere el mes.