Un representando de Fiscalía ha entregado éste lunes pasada la una y media al alto tribunal su demanda contra la inscripción de Sortu en el Registro de Partidos Políticos, al entender que esta formación es sucesora de la ilegalizada Batasuna.
La demanda que la Fiscalía General del Estado ha presentado en el Tribunal Supremo (TS) para impedir que Sortu se inscriba como partido político considera que la nueva formación ha surgido "en el seno y a la sombra" de Batasuna, en un proceso tutelado por ETA, con el fin de concurrir a las elecciones.
Para la Fiscalía, la única opción que tenía Sortu para articular un proyecto político totalmente nuevo y diferente era haberse desvinculado de modo "explicito, claro y rotundo" de Batasuna y de los actos de terrorismo de ETA, algo que no ha efectuado, según recalca la demanda, que pide al alto tribunal que resuelva en vista pública sobre la inscripción de Sortu.
Para sostener este argumento, el fiscal analiza la reacción de la nueva marca de la izquierda abertzale ante la detención de cuatro presuntos etarras la semana pasada en Vizcaya y los últimos episodios de violencia callejera, tras los que se ha limitado a reiterar lo expresado en sus estatutos y aplazar su toma de postura para cuando haya obtenido su legalización.
Una posición que, en opinión de la Fiscalía General del Estado, es un indicio más de "supeditación" a ETA al que añade, entre otros, que la presentación de la nueva formación haya sido asumida por notorios dirigentes de Batasuna en el acto el pasado 7 de febrero en Bilbao.
La demanda, de 168 páginas, recoge también un buen número de documentos aportados por los informes de las fuerzas policiales para demostrar que Sortu nació y se desarrolló en el seno de Batasuna tras un largo proceso de gestación que se remonta a principios de 2008 cuando ETA decide en un documento interno crear una nueva "referencia institucional y política" de la izquierda abertzale.
Posteriormente, añade, en febrero de 2010 Batasuna en el documento llamado "Zutik Euskal Herria" se fijó como objetivo su refundación para concurrir a las elecciones de 2011 bajo las siglas de un nuevo partido político legal.
Tras exponer estos hechos, la Fiscalía concluye que Sortu es un "nuevo proyecto ideado, generado, creado, desarrollado y aprobado finalmente por Batasuna para seguir participando en la vida política" aprovechando la proximidad de las elecciones municipales y autonómicas del próximo 22 de mayo.
Así, la Fiscalía subraya la importancia del contexto en el que se produce la presentación de Sortu, en un escenario en el que ETA se ha limitado a declarar un alto el fuego general, sin anunciar su disolución ni desaparición, y que coincide temporalmente con un proceso electoral en el que Batasuna "tiene especial interés en participar a través de un proyecto político propio".
"Batasuna vuelve ahora a intentarlo nuevamente, en esta ocasión tratando de introducir en el libre ámbito del ejercicio de la actividad política un nuevo proyecto, diseñado específicamente para este próximo proceso electoral y rodeado de un ropaje formal y de apariencia de legalidad inteligentemente diseñado para intentar superar el trámite de su inscripción", subraya.
La demanda del fiscal también destaca como prueba de la continuidad o sucesión de Batasuna el "silencio" de ETA ante la presentación de Sortu, que contrasta con la postura adoptada por la organización terrorista en sucesos anteriores que derivaron en la escisión de lo que hoy son partidos políticos legales (en alusión a Aralar).
Ese silencio avala la tesis de la Fiscalía General del Estado de que Sortu no puede ser objeto de ninguna crítica y actitud contraria de ETA porque "sus dirigentes se han limitado a seguir sus propias instrucciones" en el tratamiento que han dado a los actos terroristas de la organización.
La Sala del 61 del Tribunal Supremo, integrada por un total de 16 magistrados, admitió a trámite el pasado jueves la demanda presentada por la Abogacía General del Estado. La decisión supone dejar en suspenso la tramitación sobre la inscripción de esta formación en el Registro, un trámite para el que el Ministerio del Interior tenía un plazo de 20 días según la Ley de Partidos Políticos (LPP).