El Tribunal de Justicia de la UE dice que la Ley de Amnistía es conforme al derecho comunitario
Dictamina que el perdón de los delitos de malversación y terrorismo es conforme a las normas europeas
El Tribunal Europeo dice que la ley de amnistía es conforme al derecho comunitario. El TJUE ha determinado este jueves que la ley de amnistía "no menoscaba" la directiva europea antiterrorismo, ya que ese perdón excluye aquellos delitos de terrorismo en el contexto del proceso independentista catalán que causaran perjuicios graves.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado este jueves su sentencia sobre la ley española de amnistía, para determinar si el perdón de los delitos de malversación y terrorismo es conforme a las normas europeas y ha determinado, finalmente, que la amnistía por ambos delitos es conforme a la ley española.
La Corte, con sede en Luxemburgo, ha resuelto las cuestiones prejudiciales que le han planteado el Tribunal de Cuentas sobre la responsabilidad contable de los gastos del procés, en un caso que afecta a los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas; y la Audiencia Nacional, en relación al delito de terrorismo por el que está juzgando a los Comités de Defensa de la República (CDR).
Pero la sentencia marca el camino al Tribunal Constitucional, que debe resolver el recurso de amparo que ha presentado Puigdemont contra la decisión del Tribunal Supremo de no amnistiar el delito de malversación, en un fallo que puede ser clave para su posible regreso a España.
Los jueces europeos se han pronunciado después de que el abogado general de la UE Dean Spielmann avalase los principales puntos de la ley de amnistía en la opinión que publicó el pasado 13 de noviembre.
En concreto, descartó que la independencia de Cataluña hubiese afectado a las finanzas europeas, porque la contribución de España al presupuesto comunitario hubiese seguido siendo proporcional a su Renta Nacional Bruta y apuntó además que el Tribunal de Cuentas no indicó que se utilizase dinero comunitario para financiar el procés.
Tampoco vio ninguna incompatibilidad entre la directiva europea de lucha contra el terrorismo y la ley de amnistía porque la norma "cumple" con los estándares del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y no incluye entre los delitos perdonados los relativos a los derechos a la vida y a la integridad física.
En cambio, cuestionó los dos meses de plazo que la norma da a los jueces españoles para que decidan si deben aplicar la amnistía en los causas que estén juzgando.
Unas consideraciones que no son vinculantes, pero que en la mayoría de los casos que resuelve la justicia europea suelen coincidir con la sentencia final
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