El Constitucional avala la ley del aborto del Gobierno de Zapatero 13 años después

  • La norma jurídica ha sido respaldada por una mayoría de 7 magistrados -los del bloque progresista- frente a 4 -los del ala conservadora-

El Tribunal Constitucional (TC) ha dado el aval definitivo a la ley del aborto aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2010 con una sentencia aprobada en el Pleno de este martes que rechaza el recurso del PP consagrando la interrupción voluntaria del embarazo como un derecho de la mujer exigible a las administraciones públicas.

Según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, la norma jurídica ha sido respaldada por una mayoría de 7 magistrados --los del bloque progresista-- frente a 4 --los del ala conservadora--.

Los cuatro magistrados conservadores han anunciado un voto particular para desmarcarse del fallo, mientras que la magistrada progresista María Luisa Balaguer ha avanzado que emitirá un voto concurrente, siguiendo de esta forma la misma dinámica que con la 'ley Celaá'.

El Pleno ha aprobado la ponencia redactada por la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, finiquitando así el asunto más antiguo que tenía pendiente la corte de garantías.

Miles de personas se manifiestan en Madrid para gritar Sí a la Vida
Miles de personas se manifiestan en Madrid para gritar Sí a la Vida
Miles de personas se manifiestan en Madrid para gritar Sí a la Vida

Miles de personas se manifiestan en Madrid para gritar Sí a la Vida

La ley orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo supuso la implantación del sistema de plazos estableciendo un límite de 22 semanas para poder abortar.

Ahora, según avanzaron las citadas fuentes, el TC consagra el aborto como un derecho de la mujer. No como un nuevo derecho fundamental, aclaran, sino enmarcado en el derecho a la integridad personal y, en este sentido, en la libre autodeterminación, siguiendo la línea marcada en la sentencia sobre la ley de la eutanasia.

Al igual que con dicho fallo, el Constitucional le otorga un contenido prestacional para garantizar que el ejercicio de este derecho pueda ser exigido a las administraciones públicas.

ENFOQUE NOVEDOSO

La sentencia elaborada por Montalbán supone una aproximación novedosa respecto al anterior borrador, del magistrado conservador Enrique Arnaldo, que pivotaba sobre los derechos del no nacido o 'nasciturus'.

A este respecto, las fuentes indican que la nueva ponencia no niega los derechos del 'nasciturus' pero sí da mayor importancia a los de la mujer, así como a su bienestar.

La propuesta de Arnaldo pasaba por respaldar prácticamente toda la ley, salvo el artículo 17 por considerar que la forma de informar a la mujer --mediante un sobre cerrado-- no garantiza suficientemente que dé un consentimiento informado a la interrupción voluntaria del embarazo.

El pasado 9 de febrero, el TC rechazó dicha ponencia y Arnaldo declinó redactar otra que recogiera el sentir mayoritario, por lo que el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, le encargó a Montalbán elaborar "una nueva resolución que desestime el recurso de inconstitucionalidad" del PP.