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La Policía Nacional ha detenido este sábado en la localidad de La Pineda-Vila Seca (Tarragona) al miembro de ETA Zugaitz Izaguirre Ameztoy, condenado a siete años de prisión por la Audiencia Nacional por integración en banda armada.

En un comunicado, el Ministerio del Interior ha informado de que el arresto se ha producido en virtud de una orden de búsqueda, detención e ingreso en prisión, dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Con este arresto, ya son 58 los presuntos miembros de la banda terrorista ETA arrestados por las Fuerzas de Seguridad en lo que va de año; 34 en España, mientras que el resto en Francia, Portugal e Irlanda del Norte. En el dispositivo para su detención han participado agentes de las Brigadas Provinciales de Información de San Sebastián, Tarragona y Barcelona, coordinadas por la Comisaría General de Información.

Izaguirre, de 29 años y nacido en Oyarzun (Guipúzcoa), ya había sido detenido en 2003 por agentes de la Policía Nacional en una operación contra el aparato de captación de ETA en la que se detuvo a 12 personas acusadas de ser los elegidos para reorganziar a ETA.

Los arrestos fueron una consecuencia de los documentos intervenidos al dirigente de ETA Ibón Fernández Iradi, 'Susper'. Por ello, Izaguirre permaneció durante un tiempo en prisión hasta su puesta en libertad provisional.

La Audiencia Nacional decidió atenuar su condena pena para compensar la 'dilación injustificada' del proceso judicialEl pasado 7 de mayo la Audiencia Nacional le condenó, junto a otros cuatro acusados, a siete años de cárcel por pertenencia a banda armada en vez de los diez que solicitaba la Fiscalía. El tribunal le consideró responsable de un delito de asociación ilícita por pertenencia a banda armada y, además de la prisión, le impuso la inhabilitación especial para empleo o cargo público por ocho años.

La Audiencia Nacional decidió atenuar la pena para compensar la "dilación injustificada" en la causa, al haber transcurrido más de seis años desde la incoación de las diligencias previas hasta la celebración del juicio oral.

La sentencia consideró probado que el condenado formaba parte del sub-aparato de captación o 'banatzailes' de ETA y se encargaba por orden de los 'pescadores' o 'arrantzales' de la preselección de los futuros militantes y la distribución de cartas de captación.

Según los jueces, los distribuidores de las cartas entregaban las misivas a los individuos que consideran captables. Las personas reclutadas se dedicaban a obtener información sobre posibles objetivos, formar 'taldes' legales de ETA o realizaban nuevas tareas de distribución en Vizcaya, Alava, Guipúzcoa y Navarra.