El pleno del Congreso de los Diputados aprobó el proyecto de ley de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia que prevé reforzar los derechos de este colectivo y que prestará especial atención a los menores en situación de vulnerabilidad.
"Es una ley ampliamente consensuada que mejora la situación de los niños en nuestro país, modifica un total de 20 leyes distintas y esperamos que el nivel de consenso que hemos vivido se vea coronado mañana", ha señalado a los periodistas la directora general de Servicios para la Familia y la Infancia, Salomé Adroher.
Durante el trámite parlamentario se han aceptado o transaccionado un tercio de las enmiendas presentadas por los distintos grupos. Uno de los aspectos más importantes de esta ley -ha explicado Adroher- es la definición de los supuestos de desamparo que permiten a la Administración pública separar a un menor de su familia.
Hasta ahora, el Código Civil establecía que la situación de desamparo se daba cuando existía una carencia moral o material. "En esta ley hemos querido definir muy claramente cuáles son los supuestos de desamparo para no dejarlo en ese concepto jurídico indeterminado", ha destacado. A partir de ahora, la situación de desamparo tendrá lugar cuando exista maltrato por parte de los progenitores o tutores del niño y no se tendrá en cuenta ni la pobreza ni la discapacidad de sus padres.
La ley prima, también, el acogimiento familiar frente al residencial y ya no requiere contar con el visto bueno de la familia de origen a la hora de elegir a la de acogida, sino que será la propia Administración la que decida, lo que permitirá ahorrar tiempo.Además, gracias a una de las enmiendas introducidas, se reforzará el acogimiento familiar de los menores de seis años.
Según ha explicado Adroher, la ley busca también reforzar los derechos de la infancia y dar una mayor protección a los colectivos más vulnerables como los menores extranjeros, a los que se les reconoce el derecho a todas las prestaciones sociales en igualdad de condición que los españoles y se refuerza su derecho a la hora de realizar las pruebas para determinar su edad.
También centra la atención sobre los menores extutelados -que hasta la mayoría de edad han estado en centros de acogida- a los que se facilitará el tránsito a una vida adulta independiente, y sobre los menores discapacitados. Esta ley incluye una disposición que establece que en el plazo de seis meses se aprobarán las disposiciones reglamentarias oportunas por parte del Ministro de Justicia, de acuerdo con el Consejo General del Poder Judicial y la Agencia Española de Protección de Datos para poner en marcha el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Se trata de una obligación de España derivada del Convenio de Lanzarote, del Consejo de Europa, que España ratificó en 2010 y que supondrá que aquellas personas que quieran realizar actividades u oficios en las que estén en contacto con menores deberán presentar con un certificado negativo de este registro.
Además, los menores expuestos a una situación de violencia de género serán considerados víctimas, como sus madres. Esta modificación del sistema de protección de la infancia y la adolescencia entrará en vigor 20 días después de su publicación en el BOE.