Un juzgado madrileño ha condenado a la secretaria general de Podemos y diputada Ione Belarra a pagar 9.000 euros al juez jubilado Manuel García-Castellón al considerar que perjudicó su honor al llamarle "corrupto".
En la sentencia de la plaza 45 de la sección civil del tribunal de instancia de Madrid, a la que ha tenido acceso EFE, el magistrado estima parcialmente la demanda de García-Castellón y considera que las manifestaciones que vertió Belarra en la red social X en 2024 generaron al juez jubilado "un daño moral que debe ser indemnizado en la cuantía de 9.000 euros", frente a los 350.000 que pedía el demandante.
Además Belarra deberá difundir el contenido de la sentencia en su perfil de X en la que se produjo la intromisión en el derecho al honor, o en otro medio con semejantes características.
García-Castellón alegaba en su demanda que Belarra vulneró su derecho al honor al publicar en 2024 dos mensajes en la red social X, con motivo de su jubilación, en los que se refería a él como "este y otros jueces corruptos, que han prevaricado contra quienes defendemos otra idea de España" y que él "continúa la guerra sucia judicial contra Podemos".
Ione Belarra añadió: "Se querella contra mí por decir la verdad, que lo que ha hecho para proteger al PP y para seguir a los adversarios políticos de la derecha es corrupción con o sin condena".
La demanda fue en principio interpuesta ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en aplicación del artículo 56 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que le atribuye la competencia para conocer las demandas de responsabilidad civil por hechos realizados en el ejercicio de su cargo dirigidas contra, entre otros, diputados y senadores.
Sin embargo, el Supremo concluyó que no era competente porque las manifestaciones no fueron realizadas propiamente "en el ejercicio de su cargo" de diputada.
Ione Belarra argumentó que debía ser absuelta y propuso que García-Castellón pagase la costas de proceso.Ahora el magistrado concluye que "las expresiones utilizadas y acreditadas son objetivamente injuriosas y gravemente vejatorias", recordando el contenido de los mensajes publicados en X el 2 y el 20 de septiembre de 2024, y unas declaraciones a la salida de un acto público en las que Belarra aseveró la misma idea.
"Aquellas manifestaciones constituyen la atribución directa al demandante de la condición de delincuente y corrupto, lo que para cualquier ciudadano, al margen de su profesión, constituye la imputación más grave que puede hacerse, solo graduable en función del delito de que se trate", dice la sentencia.
Añade que "la imputación del delito de prevaricación es, quizá con el cohecho, la peor de las que profesionalmente cabe atribuir a un juez o magistrado", destacando que la Fiscalía se mostró a favor de estimar la demanda.
La sentencia pone de relieve que en este caso se enfrentan el derecho al honor y el derecho a la libertad de expresión de "dos personajes públicos con gran trascendencia mediática".
En este sentido resuelve que, en contra de lo argumentado por Ione Belarra, sus expresiones "no contienen sustrato fáctico alguno" y se limitan "a la simple y pura descalificación profesional del demandante, sin acotación alguna".
Subraya que "ni siquiera la formación a la que pertenece la demandada, ni ninguno de sus dirigentes", ha estimado oportuno formular una querella (en el ámbito penal) contra García-Castellón por las actuaciones que señaló Belarra.
Sobre la cantidad fijada, de 9.000 euros frente a los 350.000 que pedía García-Castellón, la sentencia cita jurisprudencia sobre casos similares y destaca que el juez jubilado "ha ejercitado libre y públicamente su derecho a confrontar su opinión con la sostenida por la demandada".