La juez Mercedes Alaya, titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla que instruye el caso de los ERE fraudulentos, ha vuelto a señalar como preimputados a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán.
En el auto conocido hoy, Alaya responde a otro de la Audiencia de Sevilla del pasado 13 de diciembre en el que se ordenaba a la juez que motivara mejor su auto del pasado 10 de septiembre en el que se preimputó a los expresidentes y a cinco exconsejeros de la Junta de Andalucía, todos ellos aforados.
Los cinco exconsejeros son Carmen Martínez Aguayo, José Antonio Viera, Francisco Vallejo, Manuel Recio y Antonio Ávila.
Alaya justifica la preimputación y les acusa de conocer las advertencias que llegaron al Consejo de Gobierno andaluz sobre las irregularidades en el sistema de financiación para pagar prejubilaciones y subvenciones a empresas en crisis.
En el auto, Mercedes Alaya dice exponer "de forma descriptiva" y "aséptica, sin realizar ningún juicio de valor" los datos "que existen en la causa sobre la inidoneidad del proceso seguido de concesión de subvenciones a través de transferencias de financiación" y enumera sus consecuencias: ausencia absoluta de trámite administrativo, de fiscalización previa del gasto como control de legalidad, de bases reguladoras y de criterio.
Se da la circunstancia, según el auto, de que en algunas ocasiones se dio financiación completa del plan de jubilaciones a empresas con solvencia económica o a personas o a empresas en un entorno cercano a los sindicatos o a la Junta de Andalucía y además se incluyeron personas ajenas a una empresa.
El pago sin límites de comisiones a las mediadoras de seguros, ayudas a empresas algunas de las cuales carecían de actividad o creación de empresas instrumentales sólo para ser receptoras de ayudas son otras de las consecuencias, así como "el incumplimiento total de la normativa comunitaria".
La jueza advierte que "por los razonamientos plasmados en el auto, con la salvedad del informe pericial recién incorporado que por su extraordinario volumen aún no se ha podido abordar su estudio" procede "comunicar en calidad de imputados" a los aforados para que puedan personarse en la causa si fuera de su interés.