2 años de prisión para los dueños de un bar de copas por contaminación acústica

  • También tendrán una multa económica y una inhabilitación de un años en la hostelería

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a dos años de prisión a cada uno de los dueños de un bar de copas, situado en el distrito de Chamartín, por contaminación acústica. En la sentencia, la Audiencia madrileña considera a Ramón O.P. y Francia C.P., ambos de nacionalidad dominicana, responsables de un delito contra el medio ambiente y un delito de desobediencia, con la circunstancia "muy cualificada" de dilaciones indebidas.

Los magistrados también imponen a cada uno de los procesados una multa de 720 euros y la inhabilitación especial por un año para la actividad de hostelería y gestión de establecimientos de baile, discotecas y bebidas.

Además, los acusados deberán indemnizar a la comunidad de propietarios del número 36 de la calle Canillas con la cantidad de 6.000 euros por los daños causados.

La resolución considera probado que desde el mes de junio de 1999 los dos procesados explotan como bar de copas o discoteca dos sótanos anejos ubicados en el número 4 de la calle Antonio de Guzmán y en el número 36 de la calle Canillas.

Los acusados unieron los locales sin licencia de obras y los explotaron sin licencia de actividad, de acuerdo con la Ley para la Protección del Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, la Ordenanza la Protección del Medio Ambiente Urbano y la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

ADEMÁS LOS LOCALES CARECEN DE SALIDA DE EMERGENCIA

Ambos locales, que se encuentran repletos de personas todas las noches de los fines de semana, carecen de salida de emergencia, de tal modo que, "de ocurrir cualquier percance vinculado al fuego, podría desembocar en una catástrofe", según los informes de la Policía Municipal.

La música de los citados locales, que están sin insonorizar, se conecta durante todas las noches a un altísimo volumen imposibilitando el descanso de los vecinos de ambos inmuebles, destacan los informes de la Policía Municipal.

Una medición del ruido debido a la música del local, realizada por los servicios técnicos del Ayuntamiento de Madrid el 25 de noviembre de 1999,en la vivienda del conserje de la finca, ubicada en el bajo de la calle Antonio Guzmán, dio un resultado de 52 decibelios, cuando el máximo fijado por la normativa municipal es de 32 decibelios.

El concejal presidente de la Junta Municipal del distrito de Chamartín ordenó la clausura y precintado de la actividad el 8 de febrero de 2000 y el 13 de marzo de 2000.

La Policía Municipal constató que los acusados abrieron el establecimiento y retiraron "repetidamente" los precintos que el Ayuntamiento fijó en la puerta de acceso en nueve ocasiones diferentes en los meses de marzo, abril y mayo de 2000.

El 17 de enero de 2001 el concejal presidente de la Junta de Chamartín ordenó nuevamente el precintado del local, con la advertencia expresa de que los procesados podían incurrir en un delito de desobediencia grave, y los acusados volvieron a quebrantarlo en febrero y marzo de 2001.

"La situación de gravísima y reiterada contaminación acústica, persistente durante dos años, ha originado en muchos de los vecinos de la comunidad una situación de deterioro de la actividad física y mental", destaca la sentencia.