La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado la puesta en libertad de dos de los directivos del banco Industrial and Commercial Bank of China (ICBC) que ingresaron en prisión el pasado mes de febrero en el marco de la 'operación Shadow'. Se trata, en concreto del director general en España, Liu Wei, y su antecesor en el cargo Liu Gang.
En un auto, tres magistrados de la Sección 15 han atendido los argumentos del defensor de uno de los altos cargos de la entidad, Carlos Gómez-Jara, y consideran que la nueva regulación de la leyes de Enjuiciamiento Criminal y Orgánica del Poder Judicial, obliga a que los abogados defensores "tengan acceso a los elementos de las actuaciones que resulten esenciales para impugnar la privación de libertad del investigado" aunque la causa se encuentre secreta, cosa que no sucedió en este caso.
En opinión de la Audiencia Provincial, el Juzgado de Instrucción número 7 de Parla no ha tenido en cuenta de modo suficiente este hecho y ha vulnerado la norma vigente "puesto que no ha proporcionado, como resulta imperativo" a los letrados, aquella información esencial para oponerse al ingreso en prisión de sus clientes.
El auto especifica que, entre estos datos esenciales a los que los abogados deben tener acceso, se encuentra el expediente en casos de arrestados en procedimiento bajo secreto de sumario y sugiere al juez instructor que plantee una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea si su criterio difiere.
Los cambios en la legislación se introdujeron a raíz de dos directivas europeas que especificaban que sólo podía denegarse a los abogados acceder a materiales si esto supusiera una amenaza grave para la vida o los derechos fundamentales de otra persona.
"La falta de entrega a los recurrentes de los documentos de la causa le genera indefensión al impedirle articular su impugnación con una información suficiente y mermar su potencial eficacia", indica el auto. El abogado Gómez-Jara que defiende a Gang, actual director de ICBC Luxemburgo, ha mostrado su satisfacción por la decisión y ha avanzado que la decisión "tendrá un impacto significativo en futuros procedimientos".
NO HAY RIESGO DE FUGA
Los magistrados han tenido en cuenta otros factores para decretar la libertad de los dos detenidos. Consideran que no existe riesgo de fuga ya que, en el caso de Liu Gang, se desplazó voluntariamente a España desde Luxemburgo una vez que conoció el procedimiento judicial.
Agregan que su encarcelamiento provisional resulta "prematuro" y que tampoco hay motivos para pensar que exista peligro de destrucción de pruebas ya que en los registros practicados en la sede española del banco se recabó todo el material necesario para la investigación.