La Comunidad de Madrid ha convocado nuevo examen para la obtención del certificado acreditativo de personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, que tendrá lugar el 21 de febrero, según ha publicado el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Se trata de la octava prueba desde que se aprobara la normativa que regulaba esta actividad tras la polémica generada por el fallecimiento de Alvaro Ussía hace seis años. Desde dicha aprobación ya se han acreditado en la región más de 4.500 porteros. De hecho, la última prueba fue de renovación para todos aquellos con un lustro de vigencia de carné.
En esta convocatoria se mantiene la misma estructura de examen que desde 2009, fecha de la primera prueba. Así, los aspirantes tienen que superar dos pruebas, una de conocimiento, con 50 preguntas, y otra psicológica, para poder obtener el certificado.
LA PRIMERA PRUEBA
En la primera prueba se abordan cuestiones sobre derechos y deberes fundamentales de la Constitución Española, nociones básicas de delitos contra las personas y contra la libertad y seguridad, la omisión del deber de socorro, atentado o falta de respeto a la autoridad o sus agentes, así como delitos contra la salud pública.
Además, los aspirantes deben conocer cuestiones sobre la tenencia de armas, sobre el derecho de admisión y libro de reclamaciones, horarios de establecimientos públicos, las limitaciones a la oferta de bebidas alcohólicas y tabaco, la protección de menores de edad y nociones básicas sobre salvamento, prevención y extinción de incendios.
La segunda parte del examen consiste en un test psicotécnico con el que se evalúan factores de la personalidad como la hostilidad, la agresividad o desajuste emocional. Es necesario superar ambas partes para superar el examen y obtener la acreditación.
Alrededor de un mes después del examen se conocerán los resultados y, tras la publicación en el BOCM del nombre de las personas que la superen la prueba, se abrirá el plazo de recursos y los aspirantes deberán presentar, igual que en las ocasiones anteriores, el certificado de registro de penados y rebeldes del Ministerio de Justicia y una declaración jurada o promesa de carecer de antecedentes penales en el extranjero.
Tras la comprobación oportuna, y en un plazo de diez días hábiles, la Academia de Policía Local expedirá las certificaciones acreditativas.
La reglamentación de estas pruebas está regulada por el decreto 163/2008, de 29 de diciembre y el órgano competente es la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid. Los requisitos legales que se exigen es la carencia de antecedentes penales, la residencia legal en España y la sanción en la Ley de Espectáculos Públicos. Además, se excluirán todos los perfiles extremos de personalidad.