Revés judicial a la Universidad Complutense. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón al Gobierno regional con una sentencia que niega que exista deuda por pagas extras de la administración con la universidad de Berzosa. La sentencia pone de manifiesto que el rector arrastra una deuda de casi 150 millones de euros. Figar celebra que el Tribunal Superior haya reconocido "que no existe ninguna deuda de gasto corriente" con la Complutense, que ha anunciado que estudia recurrir la sentencia.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado que la Comunidad de Madrid adeude a la Universidad Complutense de Madrid (UCM) cerca de 33,1 millones de euros por gastos corrientes y pagas extras, pero a su vez, reconoce que el Gobierno regional debe pagar 17 millones de euros al centro correspondientes al capítulo de inversiones del año 2008.
La sentencia, fechada el pasado 18 de febrero, recoge tres reclamaciones por parte de la Universidad Complutense: deudas contraídas por un convenio de colaboración referente a la organización de Selectividad, otras por la ejecución del Plan de Inversiones en las Universidades Públicas de la Comunidad 2007-2011, y otra respecto al Plan de Financiación de las Universidades 2006-2010.
En el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, explica que la Universidad reclama una cantidad total de 57 millones de euros por estos conceptos. Sin embargo, el Alto Tribunal estima que el Gobierno regional sólo debe pagar 18 millones de euros, por el capítulo de inversiones y una parte que quedaba pendiente del convenio de Selectividad.
Por partes, el convenio sobre la gestión de Selectividad lo firmó la Universidad para hacerse cargo del tratamiento informático conjunto de todas las universidades públicas de Madrid por el que recibiría 286.000 euros anuales. Según la UCM, sólo se abonaron los dos primeros años y quedaba pendiente el pago de 2,3 millones de euros correspondientes a los años 2002-2008. A esta pretensión, la Comunidad entiende que el convenio es de duración "bianual y prorrogable tácitamente por periodos iguales" y que la cantidad que le debe es de 1,14 millones de euros porque, precisamente, el pago por los trabajos no se realiza de manera anual sino cada dos años.
En lo que respecta a la reclamación por el Plan de Inversiones, el Tribunal madrileño entiende que todo lo relacionado con el Plan no se sitúa en "un marco de actuación futura, necesitando la previa autorización de gasto en función de las disponibilidades presupuestarias anuales". Por el contrario, considera que se está ante "transferencias de capital destinadas a la financiación de inversiones, y por tanto, con un carácter plurianual, frente a la financiación del gasto corriente que se agota en un único ejercicio" y el tribunal considera que la Universidad se puede acoger al derecho de recibir 16,9 millones de euros correspondiente al ejercicio 2008.
PAGAS EXTRAS Y GASTOS CORRIENTES
En la reclamación sobre el Plan de financiación, la Universidad reclamaba 31,5 millones de euros más 1,6 millones por el incremento de pagas extraordinarias por la incorporación paulatina, desde el año 2007, del complemento específico y las 'pagas adicionales' que reciben los profesionales de la Universidad por complemento del destino.
Para resolver esta parte, el tribunal hace referencia a un punto del anexo del Plan, donde se recoge que la Comunidad seguirá aportando "los fondos necesarios para dar cobertura financiera a los incrementos de pagas extraordinarias y la parte autonómica del complemento específico, a cuya conclusión estas cantidades se integrarán en las nominativas para gastos corrientes del siguiente ejercicio".
Es decir, de este apartado se infiere que la Comunidad se comprometía a seguir aportando la cobertura financiera para los incrementos "que se integran en las nominativas para gastos corrientes del ejercicio presupuestario siguiente" siendo las partidas presupuestarias "el tope de financiación " al que se compromete el Gobierno regional.
Continúa señalando que "todo lo que se exceda de dicho techo presupuestario deberá ser asumido por la Universidad con cargo a sus propios fondos, sin que se pueda reclamar por tal concepto a la Comunidad", por lo que rechaza la reclamación de la cantidad adeudada por estos conceptos.
Como resumen, entre lo que la Comunidad debe por el convenio de Selectividad, y las obras de inversión del ejercicio 2008, la Universidad tiene que recibir un total de 18 millones de euros. Frente a esta decisión cabe recurso de casación.
FIGAR CELEBRA QUE EL TRIBUNAL SUPERIOR HAYA RECONOCIDO "QUE NO EXISTE NINGUNA DEUDA DE GASTO CORRIENTE" CON LA COMPLUTENSE
La consejera de Educación de la Comunidad de Madrid, Lucía Figar, ha celebrado que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid haya establecido "que no existe ninguna deuda de gasto corriente" con la Universidad Complutense de Madrid (UCM). "El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha establecido que no existe ninguna deuda de gasto corriente por parte del Gobierno regional con la Univeridad Complutense de Madrid y por consiguiente, con ninguna otra Universidad pública", ha indicado.
Por otro lado, ha recordado que los organismos rectores de las universidades reclamaban a la Consejería "conjuntamente 138,6 millones en concepto de pagas extras supuestamente adeudadas" y que el Alto Tribunal "ha sentenciado que la Comunidad no adeuda ni un sólo euro por este concepto".
Por universidades, la de Alcalá de Henares reclamaba por este concepto 11 millones de euros; la Carlos III, 16 millones de euros; la Complutense, 43,8 millones; la Autónoma, 30,3 millones de euros; la Rey Juan Carlos, unos 6,9 millones de euros; y la Politécnica, unos 30,4 millones de euros.
La Consejería de Educación recurrirá la parte de la sentencia en la que se le condena a pagar 17 millones de euros a la Complutense por el capítulo de inversiones correspondientes al ejercicio de 2008.
LA COMPLUTENSE ESTUDIA RECURRIR LA SENTENCIA
La Universidad Complutense de Madrid (UCM) está estudiando presentar un recurso de casación a la sentencia en la que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) rechaza que el Gobierno regional adeude una suma superior a 30 millones de euros en concepto de gastos corrientes y pagas extraordinarias.
Fuentes de la Universidad han explicado que los servicios jurídicos de la institución madrileña están estudiando los fundamentos de la sentencia con el fin de presentar un posible recurso de casación para ver si se sigue reclamando las cantidades correspondientes a las pagas extraordinarias. No obstante -afirman- que se sienten "satisfechos" por el fallo que corresponde al reconocimiento de 18 millones de euros dedicados a la inversión del centro en obra, pues han pasado de no tener nada a tener reconocida dicha cantidad.