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El juez de Instrucción número 4 de Madrid, Marcelino Sexmero, ha ratificado la imputación que pesaba sobre los exconsejeros de Sanidad madrileños Juan José Güemes y Manuel Lamela por su gestión en la primera época de la externalización sanitaria relativa al Infanta Elena, en Valdemoro; el Rey Juan Carlos, en Móstoles; y el Hospital de Torrejón de Ardoz. El juez Sexmero fue quien archivó el escrache contra la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría en su domicilio particular al encuadrar este acto de coacción en el ejercicio de la libertad de expresión.

Así consta en un auto de siete páginas y fechado el pasado 29 de octubre, en el que el magistrado concreta las imputaciones por delitos de cohecho y prevaricación. De este modo, resuelve diversos recursos de reforma interpuestos por los querellados por la Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid (AFEM) contra el auto en el que les citaba a declarar acompañados de un abogado.

En los recursos, estos se quejaban del carácter político de la querella, de la "falta de legitimación de Afem y en consecuencia inviabilidad de la personación como acusación popular de varios diputados del Grupo Socialista", así como de que la narración de los hechos no concretaba las imputaciones, entre otros aspectos.

Las declaraciones se acordaron tras admitir a trámite una querella de Afem contra la cúpula de la Sanidad madrileña. Entre las nueve personas imputadas figuraban los ex consejeros de Sanidad Manuel Lamela y Juan José Güemes.

En el procedimiento se investiga la comisión de supuestos delitos de realización arbitraria del propio derecho, coacciones, delito contra la Hacienda Pública, falsedad documental, prevaricación, cohecho, fraude y malversación de causales públicos. La acusación popular la representan varios diputados del Grupo Parlamentario Socialista de la Asamblea de Madrid.

ARGUMENTACION DEL JUEZ

En el auto, el magistrado expone que la querella de Afem se encuadradentro del "ejercicio de la acusación particular ya que al colectivo medico le asiste un intereses legitimo en el proceso de la llamada 'privatización o externalización' de los servicios médicos en cuyo contexto se habrían cometido los delitos que se imputan en la señalada querella, interés tanto personal como sobre todo profesional que la asociación legalmente defiende en representación del colectivo".

"La capacidad para ser acusación particular de los ofendidos por el delito se concede a todos los sujetos de derechos y obligaciones en pleno ejercicio de sus derechos civiles", agrega el instructor de la causa.

Asimismo, destaca que en la querella se "imputa el delito de prevaricación, y cohecho a los querellados que han intervenido en las adjudicaciones a empresas con un accionariado opaco incumpliendo alguno de los requisitos previstos en la ley como la no exigencia del canon".

Añade que "se han beneficiado de dichos acuerdos para después contratar los servicios de anteriores consejeros de Sanidad como Güemes y Lamela, responsables políticos de la adjudicación a los que imputa en unión de Capio, Ribera Salud y Unilabs".

Sobre la admisión de la querella, señala que "si existe alguna duda acerca de que los hechos sean o no constitutivos de delito se debe acordar su admisión y proceder a la investigación".

"Por último respecto del carácter político de la querella , este instructor desconoce el mismo como desconoce las motivaciones de los demás intervinientes incluido el fiscal", añade el juez en la resolución.

De este modo, concluye que "resulta indispensable la práctica de las diligencias de investigación necesarias tendentes a esclarecer los hechos relatados en la querella incluso aunque pudieran ser confusos , tras lo cual, podría este instructor afirmar razonable y razonadamente si los hechos son o no constitutivos de delito y por ende sin procede o no el sobreseimiento y archivo de la querella".

Añade que "al formular una imputación concreta obliga a llamar como imputados a los querellados tras darles traslado de la querella ,y cuya señalamiento se efectuará una vez resuelva la Audiencia los recursos de apelación, si fuera procedente y con independencia de las diligencias de investigación pertinentes ya practicadas y que se practiquen hasta entonces.

El 13 de septiembre se suspendieron las declaraciones. Estaba previsto que comparecieran dentro de la causa el director general de Hospitales, Antonio Burgueño; el representante de la Fundación Jiménez Díaz, Juan Antonio Alvaro de la Parra; el presidente o consejero delegado de Grupo Ribera Salud; el presidente o consejero de Capio Sanidad; el presidente o consejero de Unilabs; y el presidente o consejero de Asisa.