Piden a la Comunidad que declare a los perros pastores Patrimonio Cultural e Histórico autonómico

  • La Real Sociedad Canina se une a los agricultores y ganaderos madrileños que piden este reconocimiento para estos canes de labor
  • Quieren diferenciar legalmente en la norma en preparación entre animales de compañía y los de pastoreo y guardia y custodia
Ejemplar de mastín
Ejemplar de mastín |JORGE ARÉVALO/RSCE

La Real Sociedad Canina de España (RSCE) ha pedido al Gobierno de la Comunidad de Madrid que declare a los perros pastores, especialmente los mastines, Patrimonio Cultural e Histórico autonómico, de forma que queden protegidos jurídica y físicamente. Sobre todo, en el caso de los mastines, que son fundamentales en la actividad agropecuaria de la región.

La RSCE se une así a los agricultores, ganaderos y silvicultores madrileños, quienes a través de la Unión de Agricultores, Ganaderos y Silvicultores de la Comunidad de Madrid (UGAMA) han pedido al Ejecutivo regional protección especial para estas razas que trabajan en el campo, de forma que sean excluidas de la Ley de Protección de Animales de Compañía que prepara el gobierno autonómico, sobre todo de especificaciones como “llevar bozal” e “ir atados”.

Proteger al ganado

Para los ganaderos y agricultores, y también para la RSCE, "esta norma es incompatible con el trabajo de estas razas, que necesitan verse libres de correas y bozales para poder proteger al ganado de depredadores, como los lobos".

La RSCE explica hay perros de compañía y otros que ejercen labores de pastoreo o guardia y custodia en granjas y fincas. "Unas cualidades que obligan a legislar de forma diferente en cada caso", dicen.

En su propuesta, piden al Gobierno de Madrid que, al igual que ha hecho Canarias, declare las razas tradicionalmente utilizadas por pastores y ganaderos de Madrid como Patrimonio Cultural e Histórico madrileño.

La Comunidad responde

Desde la Consejería de Medio Ambiente han asegurado que la Ley 4/2016, de 22 de julio, de protección de animales de compañía de la Comunidad de Madrid, incluye en el artículo la protección de todos los perros independientemente del fin para el que se destinan o el lugar en el que habiten.