Majadahonda bonifica con un 10% en la Tasa de Residuos a las personas que vivan solas

  • La nueva bonificación beneficiará también a las viviendas en las que vivan un máximo de dos personas, siempre y cuando cumplan determinadas condiciones por razón de edad o discapacidad
Contenedor de basuras
Contenedor de basuras |AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

El Ayuntamiento de Majadahonda ha aprobado un nuevo paquete de bonificaciones fiscales aplicables a partir de 2026. El objetivo es continuar flexibilizando la presión fiscal del municipio, la segunda más baja de España, entre las localidades con más de 50.000 habitantes.

El nuevo paquete de medida impulsará la modificación de hasta cinco ordenanzas fiscales vigentes. Aunque la base de la propuesta fue inicialmente aprobada en el Pleno Municipal del pasado 26 de junio, el trabajo de análisis del equipo de gobierno municipal, la incorporación de sugerencias por parte de los contribuyentes y las alegaciones presentadas por los grupos municipales en el periodo preceptivo, han dado como resultado final estas nuevas bonificaciones.

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Entre las mejoras introducidas destaca en la Tasa de Residuos (tributo impulsado por el Gobierno de España e impuesto a todos los Ayuntamientos), una nueva bonificación del 10% a aquellos contribuyentes que sean los únicos residentes en la vivienda en la que figuren empadronados, así como, en el caso de las viviendas con un máximo de dos residentes empadronados, siempre que al menos uno de ellos cuente con una edad mínima de 65 años o acredite algún grado de discapacidad reconocido administrativamente.

Otro de los aspectos mejorados es el incremento de 100 a 150 euros del límite máximo a aplicar en la bonificación a los contribuyentes que domicilien sus recibos de carácter periódico, siempre dentro del límite máximo del 5% bonificable establecido por la normativa aplicable.

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En cuanto al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), sobre la propuesta inicial del 15% se apuesta por elevar del 10% vigente al 20%, es decir, se duplica, la bonificación a los sujetos pasivos por instalar placas fotovoltaicas y puntos de recarga para vehículos eléctricos, tanto para autoconsumo o en los locales donde realicen su actividad económica.

Además, estas bonificaciones seguirán siendo compatibles con la de planes de transporte urbano (hasta el 30%) hasta un máximo del 45%, al objeto de seguir impulsando la bonificación medioambiental ya presente en otros tributos como el 50% en el IBI por instalación de placas fotovoltaicas y del 15% por instalación de dispositivos de recarga para vehículos eléctricos y hasta el 75% de bonificación en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en los vehículos con etiqueta “0”, “ECO” o “C”.