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La nueva Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas aprobada por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid solo exigirá licencia por razones de seguridad, por incidencia sobre el medio ambiente o por la necesidad de contar con proyecto técnico de obras.

Para el resto será necesario únicamente una "declaración responsable" en la que el interesado manifieste que cumple con la legislación vigente; el proyecto técnico que en cada caso proceda; y la liquidación de la tasa, precio o contraprestación económica que en cada caso corresponda.

La declaración responsable surtirá efectos desde el mismo momento de su presentación en el Registro del Ayuntamiento, ha informado la alcaldesa de Madrid, Ana Botella, en rueda de prensa tras la Junta de Gobierno.

Ana Botella ha declarado que la supresión de burocracia no implica que se reduzcan las exigencias de seguridad, porque el control se realizará más tarde.

En este sentido ha explicado que con la nueva ordenanza se elimina el control previo pero éste se realizará posteriormente cuando ya se esté desarrollando la actividad económica.

Otra novedad, es que se permite al ciudadano optar libremente entre gestionar su solicitud directamente ante el Ayuntamiento o acudir a una entidad colaboradora urbanística.

El Ayuntamiento de Madrid estima que el 85% de los negocios podrán abrir en la capital con sólo presentar una declaración responsable en el registro municipal en virtud de la ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas que, en palabras de la alcaldesa, Ana Botella, conllevará "menos trámites, menos documentación, más agilidad y más simplificación".

Se trata, como ha explicado en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno, de materializar el convencimiento político de que, "para incrementar la actividad económica, hay que liberalizar".

De la mano del proyecto inicial de esta ordenanza, que entraría en vigor previsiblemente en el primer trimestre de 2014, se pasa de cinco procedimientos a dos, la declaración responsable, con carácter general, y la licencia.

INFRACCIONES DE 750 A 3.000 EUROS

La futura ordenanza establece unas infracciones administrativas para las entidades colaboradoras que van de los 750 euros para las infracciones leves a los 1.500 para las graves y los 3.000 euros para las muy graves.

Entre las muy graves está, por ejemplo, "la expedición dolosa de certificados de conformidad, actas e informes que no se ajusten a la realidad de los hechos por parte de las entidades colaboradoras".

Según ha destacado la alcaldesa, este nuevo texto normativo, que sustituye a la vigente Ordenanza por la que se establece el Régimen de Gestión de Control de las Licencias Urbanísticas de Actividades (OGLUA), mantiene el espíritu de las normativas autonómica y estatal y se ajusta a las actuales circunstancias económicas, comerciales y sociales.

La nueva Ordenanza no incluye una relación detallada de las actividades incluidas en el ámbito de la declaración responsable, por lo que, con carácter general, se podrá acudir a este procedimiento a excepción de las actuaciones que supongan el uso privativo o la ocupación de los bienes de dominio público y las que tengan impacto en el patrimonio histórico-artístico.

Asimismo, se excluyen del ámbito de declaración responsable las actividades que requieran proyecto técnico de obras de edificación.

Así, se podrán tramitar a través de la Declaración Responsable actividades como por ejemplo una oficina, una óptica, una farmacia, un gimnasio o una consulta médica sin hospitalización, siempre que no se realicen obras de gran entidad ni se trate de inmuebles protegidos.

Específicamente se menciona en un "Catálogo de actividades sujetas a informe preceptivo en materia de protección contra incendios" los casos de centros sanitarios, culturales y educativos, aparcamientos, teatros, cines, salas de conciertos y circos.

También los recintos deportivos cerrados, recintos al aire libre para más de 10.000 personas, discotecas, disco-pub o similares, oficinas y comercios, en algunos casos siempre y en otros a partir de una determinada superficie o aforo.

Por último, la nueva Ordenanza incluye expresamente el derecho del ciudadano a obtener información de la entidad colaboradora, antes de dar de alta la solicitud.

Se deberá informar sobre el tipo de procedimiento que ha de seguirse, los trámites y plazos, documentación exigible, exigencias técnicas, precios, tasas e impuestos, así como procedimientos para formular quejas y reclamaciones y medios electrónicos de acceso a la información.