La fiscal general archiva el expediente a la jefa fiscal de Madrid por el caso de González Amador
El objetivo del expediente, abierto el pasado 12 de febrero, era determinar si incumplió su deber de abstención en relación con la investigación a González Amador en el Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid
La Fiscalía General del Estado, Teresa Peramato, ha archivado el expediente gubernativo que abrió a la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, contra quien la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González Amador, interpuso una queja.
El objetivo de este expediente, abierto el pasado 12 de febrero, era determinar si incumplió su deber de abstención en relación con la investigación a González Amador en el Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid por diversos delitos, ha explicado la Fiscalía General del Estado en un comunicado este viernes.
En su queja, González Amador estimaba que la fiscal jefa incumplió su deber al no abstenerse de intervenir en una causa que le afectaba hasta el 30 de octubre de 2024 cuando, a su juicio, debió hacerlo desde el 14 de mayo tras la presentación de una querella por parte del afectado en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Pero, de acuerdo a la nota difundida este viernes, la Inspección Fiscal ha considerado finalmente que Rodríguez no era la encargada de intervenir en lo relativo a esa querella, de la que se encargó la Sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial, asignándose a un fiscal especialista.
Para este órgano del Ministerio Fiscal, la mera recepción de daciones de cuenta del fiscal encargado no implica responsabilidad profesional respecto al procedimiento.
La dependencia jerárquica que existe entre la fiscal jefa y el fiscal especialista, detalla el órgano, "no se ejerció en ningún momento en circunstancias que afectaran siquiera indirectamente a la plena libertad de actuación de éste".
Para el Ministerio Fiscal, cuando finalmente Rodríguez se abstuvo de intervenir en la causa, el 30 de octubre de 2024, hizo "un prudente ejercicio de la abstención para preservar la apariencia de imparcialidad de la institución", aunque, precisa, "esto no implica que en este caso concurriera una ineludible obligación de hacerlo".
Por todo ello, la Inspección Fiscal considera que no hay indicios de incumplimiento del deber establecido en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y el reglamento del Ministerio Fiscal.
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