Un juzgado de Madrid ha declarado nula la moción de censura por la que el PP perdió en junio pasado la alcaldía de Campo Real, al considerar que no se alcanzó la mayoría requerida debido a que uno de los ediles de la oposición no votó, aunque se le había contabilizado.
La moción de censura, aprobada inicialmente en el pleno del 1 de junio de 2011, fue posible tras un acuerdo de los tres partidos de la oposición que, tras percatarse de que el concejal no había emitido su voto, la repitieron en el pleno del 25 de junio siguiente, obteniendo esta vez los votos requeridos.
En la sentencia, de 25 de marzo, el Juzgado número 20 de lo Contencioso-administrativo estima "íntegramente" el recurso interpuesto por la hasta entonces alcaldesa, Concepción Guerra (PP), y declara nulos los dos acuerdos del pleno municipal.
La moción de censura, que proclamó alcalde a Felipe Moreno Morera, del Centro Democrático Liberal (CDL), fue fruto de un acuerdo entre el CDL, que tiene cuatro concejales, el Partido Independiente de Campo Real (PAICR), con dos concejales (uno de los cuales no votó), y el PSOE, que tiene uno, con lo que juntos suman siete concejales frente a los seis del PP.
Cuatro días después de la primera votación, el 5 de junio, al visionarse el vídeo del pleno quedó patente que al concejal del Paicr "ni se le llamó, ni emitió voto alguno ni éste protestó por la omisión", según la sentencia, por lo que se convocó un nuevo pleno extraordinario para el 25 de junio.
El fallo se basa en el artículo 197 de la Ley de Régimen Electoral General (LOREG), según la cual una moción prospera si obtiene "el voto favorable de la mayoría absoluta del número de concejales" que integran la Corporación, lo que no se alcanzó el 1 de junio al no emitir su voto el concejal del Paicr, pese a que era uno de los firmantes de la moción.
Se da la circunstancia de que el citado edil, Miguel Ángel Escobar, que no impugnó la votación anterior pese a no haber emitido su voto, entró a formar parte el 5 de junio del nuevo Gobierno municipal como concejal de Asuntos Sociales.
El fallo señala que la decisión de los promotores de la moción de repetir la votación el 25 de junio, "aun con el pretexto de una subsanación improcedente, no cabe interpretarla sino como un intento de modificar este acto al margen de todo procedimiento administrativo o electoral".
Por ello, la sentencia declara nulos tanto la proclamación del nuevo alcalde, Felipe Moreno, como la segunda votación de la moción, que se hizo "al margen del procedimiento legal establecido" y que vulnera el derecho fundamental de participación política de la demandante, Concha Guerra.
Fuentes del consistorio de Campo Real (5.448 habitantes), han dicho a Efe que en este momento se están "dirimiendo cuestiones de régimen interno" por lo que no se pronunciarán sobre la sentencia hasta mañana.