Guía para moverse por Madrid a 30 Km por hora

  • Patinetes y monopatines bajan a la calzada y habrá restricciones al aparcamiento de las motos
  • Las bicis podrán circular en sentido contrario y saltarse semáforos en calles a 30 por hora

Este miércoles, 24 de octubre, ha entrado en vigor la nueva ordenanza de movilidad sostenible del Ayuntamiento de Madrid, que reduce la velocidad de circulación a 30 kilómetros hora en calles de un carril por sentido y carril único, el 85 %, y sólo se podrá ir a 50 en grandes vías con varios carriles.

Esta extensa ordenanza, aprobada por Ahora Madrid y PSOE y rechazada por Cs y el PP, atañe además a patinetes y monopatines, que para ir rápido deben bajar a la calzada, flexibiliza la circulación ciclista, protege el espacio del peatón y busca garantizar la accesibilidad de los usuarios de sillas de ruedas.

Coches a treinta por hora

Desde este miércoles, coches y motos deben circular en Madrid a 30 kilómetros por hora como máximo de forma general, salvo que las calles tengan varios carriles por sentido -como ocurre en grandes avenidas- o múltiples carriles aunque sean en una sola dirección.

Así, cree la norma aprobada por Ahora Madrid y PSOE, se "pacificarán" las calles de carril único y las de un carril por sentido donde los conductores deben reducir, con un objetivo doble: mejorar la seguridad vial y convivir con otros vehículos urbanos como bicicletas y patinetes eléctricos.

A ello se unen las calles a 20 kilómetros por hora, las de plataforma única donde acera y calzada están al mismo nivel.

En las grandes avenidas permanecen además las "ciclocalles", carriles señalizados horizontalmente con símbolos de bicicletas y que están limitados a 30 para que los ciclistas convivan con otros vehículos.

Los patinetes por la calzada y en las aceras despacio

Los patinetes circularán prácticamente por todas las calles de Madrid, las que sean a 30 y a 20 y también por los carriles bici, pero a las aceras solo podrán subir los que no tengan motor -patinetes, motopatines o patines- y no superen los 5 kilómetros por hora. La edad mínima para ir en patinete eléctrico por las calles de Madrid será de 15 años.

El Consistorio recomienda pero no establece como obligatorio el uso del casco, excepto para los menores de 16 años.

A diferencia de los que no llevan motor, los patinetes eléctricos no podrán circular en ningún caso por la acera. Por las calzadas, los patinetes deberán circular por la parte central del carril.

Se prohíbe expresamente la circulación de los patinetes por los carriles bus, así como por los tramos de la M-30 sin semáforos, mientras que dentro de un año se analizará si se permite su circulación también por las "ciclocalles".

Las pegatinas de la DGT obligatorias en 6 meses

Todos los coches y motos que accedan a la ciudad de Madrid, incluso los que provengan de otros municipios y regiones, deberán llevar obligatoriamente en un plazo de seis meses -abril- los distintivos ambientales de la Dirección General de Tráfico.

La DGT califica los vehículos con cuatro etiquetas en función de lo contaminantes que sean: B, C, Eco o Cero Emisiones. El distintivo deja fuera a los más contaminantes, los matriculados antes del año 2000 o los diésel de antes de 2006.

El Ayuntamiento usará la etiqueta para aplicar su nuevo protocolo contra la contaminación, que desde su entrada en vigor, el pasado 8 de octubre, tiene cinco escenarios por altos niveles de contaminación de dióxido de nitrógeno.

En el escenario 2 se impedirá circular a los que no tengan clasificación ambiental en el centro, en el 3 estos vehículos no podrán circular en toda la ciudad y en el 4 sumará a los de etiqueta B a la restricción, mientras que en el 5 solo se permitirá circular a los no contaminantes (Cero y Eco).

MADRID CENTRAL CON POLÉMICA

La ordenanza crea Madrid Central, un espacio limitado al tráfico privado que abarca todo el distrito centro y cuyo perímetro está señalizado ya con una línea roja.

Según los planes municipales desde el 23 de noviembre solo podrán acceder los residentes en el distrito centro y sus invitados -20 como máximo al mes- quienes tengan un vehículo con etiqueta Eco o Cero Emisiones o acudan a un aparcamiento, entre otras excepciones.

También podrán acceder las familias cuyos hijos vayan a un colegio en el interior de Madrid Central con autorizaciones que tramitarán los propios centros.

Este área, que requiere de un reglamento específico antes de su entrada en vigor y que el Gobierno autonómico ha pedido paralizar, contará con permisos para colectivos como los transportistas, un sector que a partir de 2020 deberá dejar sus vehículos más viejos y contaminantes fuera del centro.

Además, las personas con movilidad reducida circularán y aparcarán en Madrid Central como un vecino más.

A paso de peatón

Para acabar con los problemas de convivencia en las aceras esta ordenanza impide que ningún modo de movilidad -ni patines, ni monopatines, ni sillas de ruedas con motor- supere la velocidad de los viandantes, fijada en 5 kilómetros por hora.

Además, obliga a motos y bicis a aparcar dejando siempre tres metros de ancho para que ningún vehículo impida el paso.

Los viandantes no tendrán prioridad para cruzar salvo en zonas muy reducidas, denominadas "zonas 30", que no corresponden a cualquier calle con velocidad limitada, sino a áreas muy concretas señalizadas verticalmente.

Las bicis en sentido contrario y saltándose semáforos

Las bicicletas pueden circular en dirección contraria en "calles 20" y en otras vías que lo señalicen y podrán girar a la derecha con semáforo en rojo.

Se prohibirá expresamente su circulación por las aceras y zonas peatonales, a excepción de los menores de 12 años, que sí podrán pedalear por zonas reservadas al peatón siempre que lo hagan acompañados de un adulto a pie.

Por la calzada deberán circular en la parte central del carril, y "cuando no suponga riesgo" se permitirá la circulación de dos ciclistas en paralelo.

Bicicletas, patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad urbana se podrán anclar a vallas u otros elementos de mobiliario urbano como farolas, excepto a bancos y marquesinas o arbolado, y deberán dejar 3 metros libres de acera al estacionar.

Las motos no aparcarán en las aceras

Las motos podrán seguir aparcando en las aceras si dejan libre un espacio de 3 metros, pero con excepciones: en centro no podrán aparcar cuando haya banda de estacionamiento en calzada y deberán acudir a zonas reservadas a moto.

El Ayuntamiento quiere extender esta restricción a toda la ciudad y para ello se crea la figura del área de prioridad peatonal que da potestad al Ejecutivo local para apartar las motos de las aceras. Se aplicará a medida que creen nuevos aparcamientos específicos.

Parquímetros fuera de la M-30

Se definen pero no desarrollan en la ordenanza las Zonas de Aparcamiento Vecinal (ZAV), espacios donde se podrá poner aparcamiento de pago fuera de la M-30 para los no residentes, ya que los vecinos quedarían exentos de pagar por aparcar.

Esta figura deberá desarrollarse en un reglamento posterior y a petición ciudadana y está prevista para los barrios "frontera" con la almendra central, saturados porque absorben los coches de quienes no quieren pagar parquímetro.