Estación de Aranjuez | GSV
(Actualizado

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por una decena de ayuntamientos contra la clausura del tramo Tarancón-Utiel de la línea ferroviaria entre Aranjuez (Madrid) y la estación de Valencia-Fuente de San Luis.

El fallo del Supremo confirma la clausura de ese tramo al entender no disconforme a derecho el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 21 de febrero de 2023, por el que se adoptó esa decisión, ha informado este martes el Tribunal.

El Supremo destaca que los ayuntamientos recurrentes se limitaron a alegar la supuesta ilegalidad del acto recurrido sin aportar elementos probatorios concretos que acreditasen la arbitrariedad o la vulneración de derechos, por lo que no existe fundamento legal que justifique su anulación.

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En relación a la rentabilidad económica, la sentencia recoge un informe de la empresa estatal INECO que reseña el débil tráfico que soporta la infraestructura y su estado de conservación deficiente, con limitaciones significativas de velocidad debido al deterioro acumulado.

Asimismo, analiza la disminución de población en las zonas afectadas desde 2009 y la constante caída de la demanda de usuarios y señala que la línea no alcanza los umbrales mínimos, especialmente en cuanto a la ratio de compensación por viajero y recurrencia, según explica el Supremo.

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Respecto a la justificación social del cierre de la línea, la sentencia explica que no deriva del informe de INECO sino en especial del Protocolo General de Actuación para el desarrollo de un proyecto integral de movilidad, desarrollo territorial y transformación urbana en la provincia de Cuenca, asociado al cambio de uso de ese tramo.

Destaca la Sala que ese protocolo, que fue suscrito en marzo de 2022 por el Ministerio de Transportes, la Junta de Castilla–La Mancha, la Diputación Provincial de Cuenca, el Ayuntamiento de Cuenca y ADIF, es un acuerdo consensuado fruto de la colaboración y cooperación entre diversas administraciones, todas ellas afectadas por la decisión final de cierre.

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El tribunal concluye que del análisis de las alegaciones formuladas en el periodo de consulta por diversas corporaciones representativas de los intereses de sus respectivas poblaciones, así como del contenido del mencionado Protocolo de Actuación, se desprende que el Consejo de Ministros dispuso de la información suficiente para poder adoptar la decisión de la clausura del tramo ferroviario Tarancón-Utiel desde la perspectiva de la valoración del interés social.