El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Madrid ha condenado al Hospital Madrid Torrelodones por la muerte de una paciente a raíz de ser dada de alta con pancreatitis de forma indebida. La sentencia, que data del 21 de enero de 2019 se refiere a unos hechos sucedidos en 2016 y condena al centro a pagar una suma económica que no ha sido facilitada. El pasado 9 de noviembre de 2016 la paciente M.C.P, de 75 años, acudió al Servicio de Urgencias del Hospital Madrid de Torrelodones a consecuencia de un cuadro de dolor abdominal intenso, vómitos, diarrea y malestar general.
Tras la exploración de la paciente se solicitó una analítica (hemograma) que determinó la existencia de leucocitosis y alteración de la glucosa en sangre y la creatinina. Todos ellos signos y síntomas compatibles con una pancreatitis aguda.
A pesar de ello, la denuncia asegura que no se solicitaron análisis sanguíneos adicionales, ni gasometría arterial ni pruebas de imagen (Eco abdominal/TAC abdominal) y se concedió el alta a la paciente con un diagnóstico de gastroenteritis.En su domicilio fue evolucionando desfavorablemente, razón por lo que a las 17:00 horas del 10 de noviembre volvió a acudir al Servicio de Urgencias del Hospital Madrid de Torrelodones.En esta ocasión y ante síntomas similares, la actuación médica fue muy diferente: se pidieron analíticas específicas con determinación de la amilasa (que estaba alterada) y otros parámetros y se solicitaron eco y tac abdominal que se llevó a cabo a las 19:00 horas, confirmando el diagnóstico de sepsis por pancreatitis aguda.
Por esta razón se derivó a la paciente a la UCI del centro hospitalario. La evolución fue desfavorable con una sepsis que derivó en fallo multiorgánico debido al error diagnóstico y a la demora asistencial en el tratamiento de la pancreatitis. La paciente quedó ingresada en la UCI, en estado grave, hasta la noche del viernes 11 de noviembre de 2017 en la que falleció a consecuencia de una pancreatitis aguda con subsiguiente disfunción multiorgánica e insuficiencia renal aguda.
Negligencia del centro sanitario
El proceso que ha sido defendido por Álvaro Sardinero, de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, ha finalizado con una sentencia en la que se reconoce la "negligencia" del centro sanitario.La juez atribuye la "negligencia" al centro medico se debe a la "precipitación que se le debe atribuir al haber remitido a la enferma a su domicilio sin haberla dejado en observación un tiempo prudencial ante la presencia de ciertos parámetros claramente anormales en su analítica".Según la resolución, lo razonable hubiera sido "esperar un tiempo prudencial para confirmar que no se estaba en presencia de una patología más grave y que no era preciso llevar a cabo otras pruebas complementarias como un TAC o una detección de la amilasa, decisivas para diagnosticar una pancreatitis"."Desde esta perspectiva ha de ser estimada la demanda, concluyendo que estamos en presencia de una actuación negligente por parte de la demandada”, concluye.