La Audiencia Provincial ha condenado a diez años de prisión al hombre que mató en 2020 a un amigo a martillazos en Alcorcón y ha tenido en cuenta para fijar esta pena que el acusado confesara su crimen y que se haya arrepentido.
Así consta en la sentencia que ha declarado culpable a J.C.R.V de un delito de homicidio, en coincidencia con el veredicto del jurado popular.
El fallo de la Sección Sexta de la Audiencia considera probado que entre los días 3 y 4 de diciembre de 2020, el acusado, Juan Carlos R.V., se encontraba en el domicilio de Óscar L.M., del que era amigo desde hace muchos años, y en el trascurso de una discusión, cogió un martillo y le golpeó con él varias veces en la cabeza, lo que le provocó múltiples traumatismos que causaron su fallecimiento.
Al golpear la cabeza de su amigo varias veces con el martillo, el acusado sabía que podía, "muy probablemente", causarle la muerte, según recalca la sentencia en los hechos probados.
Sin embargo, recuerda que el jurado no ha estimado probado que el autor tuviera el propósito de acabar con su vida.
RECONOCIÓ SU CULPABILIDAD
El procesado reconoció su culpabilidad en la primera sesión del juicio, en la que explicó al jurado que "tuvo una discusión muy fuerte" en la cocina que fue a más y agredió a su amigo con un martillo en la cabeza, pero no sabe cuántos golpes le dio, y precisó que no estaba bajo los efectos del alcohol ni de las drogas.
La declaración de culpabilidad agilizó el proceso y permitió que la Fiscalía propusiera una reducción de condena de 14 a 10 años de prisión por facilitar la labor del jurado y haber ahorrado costes de tiempo y medios.
Durante el juicio los policías que declararon afirmaron que las antenas de cobertura han acreditado la presencia del procesado en el domicilio de la víctima el día de los hechos y los médicos forenses explicaron que las muestras de ADN que se encontraron en las uñas del fallecido eran "compatibles con el perfil genético del acusado".
Además, los forenses aseguraron que la voluntad y capacidades intelectuales del procesado no estaban afectadas en el momento de los hechos.