Abre el plazo para solicitar ayudas por nacimiento y adopción en Madrid

  • Van desde los 500 a los 1.000 euros
  • El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a partir del día siguiente al nacimiento o la adopción
Un bebé recién nacido
Los nacimientos disminuyeron un 1,3% en 2021, según el INE |TELEMADRID

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado una nueva convocatoria de ayudas por nacimiento y adopción en la ciudad, que cubrirá a los menores nacidos o adoptados entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 y que otorgará entre 500 y 1.000 euros por cada hijo nacido.

La nueva línea de ayudas renueva las convocatorias de años anteriores y conllevará una inversión de 15,4 millones de euros.

Desde 500 hasta 1.000 euros

La cuantía que percibirá cada familia asciende a 500 euros por el primer hijo, 750 por el segundo y 1.000 euros por el tercero y siguientes.

La convocatoria cuenta con un crédito inicial de 4,7 millones para las solicitudes presentadas en el último cuatrimestre de 2026 y de 10,7 millones para el ejercicio 2027. Sanz precisó que es un "crédito ampliable" que se podría incrementar "en función de la demanda".

Plazo de dos meses

Las ayudas se puede solicitar este lunes y martes, una vez se ha publicado la convocatoria en el boletín oficial. El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a partir del día siguiente al nacimiento o la adopción.

Para aquellos nacimientos o adopciones que se produzcan desde del 1 de septiembre de 2026 (incluido) y con anterioridad a la publicación de la convocatoria, este plazo de dos meses comenzará a computarse desde el día siguiente a la fecha de publicación. Solo se puede presentar una solicitud por cada nacimiento o adopción. En el caso de nacimientos o adopciones múltiples es necesaria una solicitud por cada uno de los menores.

Solicitud presencial o telemática

La solicitud se podrá presentar de forma presencial en el registro del consistorio o telemáticamente.

Para acceder a la ayuda, el progenitor solicitante debe ser español o extranjero con residencia legal en España, estar empadronado en la capital desde hace al menos cinco años y no estar privado de la patria potestad de los menores.

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Tras la comprobación de los requisitos, el Ayuntamiento abonará la cuantía correspondiente en un único pago.

Esta convocatoria de ayudas directas por nacimiento o adopción se corresponde con la medida número 39 del Plan de Fomento de la Natalidad y Conciliación 2024-2029 del Ayuntamiento de Madrid.