6 cosas que hay que saber sobre el 112 Ocupación de Madrid

  • Balance de los 9 primeros meses de funcionamiento de este servicio de atención de la Comunidad de Madrid
Un agente de Policía Local, en la consola del 112 Ocupación
Un agente de Policía Local, en la consola del 112 Ocupación |TELEMADRID

Desde julio de 2022 el servicio de Emergencias 112 tiene una extensión para responder ante los casos de ocupación de propiedades en la Comunidad de Madrid.

El servicio 112 Ocupación trata de aumentar las posibilidades de defensa jurídica de los afectados y proporcionar protección policial ante este tipo de situaciones.

Desde su puesta en marcha, el 112 Ocupación ha recibido 1.689 llamadas. Hasta el 11 de abril de este año se han atendido 530.

El teléfono 'antiokupación' de la Comunidad de Madrid supera ya el millar de llamadas desde el verano
El teléfono 'antiokupación' de la Comunidad de Madrid supera ya el millar de llamadas desde el verano
El teléfono 'antiokupación' de la Comunidad de Madrid supera ya el millar de llamadas desde el verano

El teléfono 'antiokupación' de la Comunidad de Madrid supera ya el millar de llamadas desde el verano

Estos son algunos datos útiles que conviene conocer sobre este teléfono de atención:

1.- Lo más importante, el número al que llamar. No es el 112, sino el 900 205 112.

2.- No es un servicio permanente, su horario de atención es de 7:30 a 23:30 horas de la noche.

3.- El primer día de funcionamiento recibió 150 llamadas que se duplicaron en mes y medio

4.- El 70% de las llamadas registradas se realizaron desde el término municipal de Madrid e, incluso, se han atendido a otras comunidades autónomas.

5.- En Madrid hay más de 4.000 viviendas ocupadas ilegalmente, según la Administración regional, con datos de 2022. La mitad son viviendas públicas.

6.- El 112 Ocupación es atendido por agentes de las policías locales de diferentes localidades. Éstos se encargan guiar al afectado a la hora de tramitar una denuncia, derivarlo a la Oficina de Atención a la Víctima del Delito (OAVD) o activar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en aquellos casos en los que la ocupación se está llevando a cabo.