La oposición venezolana rechazó, y pidió revisar, una resolución del Ministerio de la Defensa de ese país en la que se indica que las fuerzas armadas podrán aplicar el "método del uso de la fuerza potencialmente mortal" durante las manifestaciones cuando la situación lo requiera.
La portavoz de la alianza opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD) Delsa Solórzano informó de que el próximo lunes una comisión de esta coalición acudirá al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para solicitar la anulación de la resolución que consideran inconstitucional, gestión que también realizará ante organismos internacionales.
"También iremos a las Naciones Unidas, a la ONU, y a donde tengamos que ir para mostrar nuestro rechazo a la aplicación de esta resolución", dijo Solórzano a periodistas, declaraciones que fueron recogidas en un comunicado de la MUD de rechazo a la norma.
Solórzano, coordinadora del Comité de Derechos Humanos de la MUD, acusó al ministro de Defensa, Vladimir Padrino, de pasar por encima del Parlamento al realizar esta resolución.
El dirigente opositor y excandidato presidencial Henrique Capriles dijo a través de su cuenta de Twitter que los venezolanos deben exigirle al ministro que explique la resolución.
Por su parte, el diputado opositor Miguel Pizarro señaló que "el uso de armas letales en manifestaciones esta prohibido" por la Constitución y "ninguna resolución puede estar por encima de esto".
La presidenta de la ONG Control Ciudadano, Rocío San Miguel, señaló por su parte, que "las reglas de enfrentamiento para el uso de la fuerza mortal por parte de efectivos militares en la Resolución MD 8610 son ambiguas y subjetivas".
La resolución, publicada en la Gaceta Oficial del martes pasado, establece las "normas sobre la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en funciones de control de orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones".
El escrito oficial ofrece una explicación dirigida a los funcionarios de orden público sobre cómo hacer el "uso progresivo y diferenciado de la fuerza" y ubican en último lugar la aplicación "del método del uso de la fuerza potencialmente mortal bien con el arma de fuego o con otra arma potencialmente mortal".
Se indica en otro punto, sin embargo, que los funcionarios policiales "no portarán ni usarán armas de fuego en el control de reuniones públicas y manifestaciones pacíficas, a menos que, por la necesidad y proporcionalidad de los medios empleados para contrarrestarla sea necesario su porte y uso".
El artículo 68 de la Constitución venezolana señala que "se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas" El mismo artículo añade que "la ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público".