Estrasburgo anula la "doctrina Parot" y exige la excarcelación de Del Río

  • Violadores, asesinos y presos etarras, los beneficiados por el fin de la Parot
  • La Audiencia Nacional estudiará este martes si excarcela a Inés del Río

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo ha ratificado este lunes la condena a España por aplicar la 'doctrina Parot' a la presa de ETA Inés del Río, condenada en España a 3.828 años de prisión por un total de 24 asesinatos y su participación en atentados como el de la plaza de República Dominicana de Madrid en el que fallecieron 12 guardias civiles.

La Gran Sala del TEDH ha confirmado en su sentencia firme de este lunes, dada a conocer en lectura pública por su presidente, el luxemburgués Dean Spielmann, que España ha violado los artículos 7 y 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que respectivamente establecen que "no hay pena sin ley" que la avale y "el derecho a la libertad y la seguridad" en el caso de Del Río, le he instado a liberarla "a la mayor brevedad" y le obliga a indemnizarla con 30.000 euros por daños morales en un plazo de tres meses, tal y como dictó su Tercera Sección en su sentencia del 10 de julio de 2012. También obliga a España a pagarle 1.500 euros en concepto de costas judiciales.

La Gran Sala del tribunal europeo ha fallado por 15 votos contra dos que "ha habido violación del artículo 7" de la Convención Europea de Derechos Humanos y por "unanimidad" ha confirmado que desde el 3 de julio de 2008 la demandante ha sido objeto de una detención "no regular" en violación del artículo 5.1, según la lectura de la sentencia final, en audiencia pública.

INDEMNIZAR CON 30.000 EUROS EN MENOS DE TRES MESES

La Gran Sala, por 16 votos contra uno, incumbe al Estado español "garantizar" la liberación de la presa de ETA "a la mayor brevedad" y por, diez votos contra siete, determina que el Estado debe abogar una indemnización de 30.000 euros en un plazo de tres meses a Inés del Río en concepto de "daños morales".

Asimismo, por "unanimidad" la Gran Sala determina que el Estado español debe abogar a la demandante en un plazo de tres meses la suma de 1.500 euros en concepto de costas judiciales.La Gran Sala rechaza así la demanda del Gobierno español contra la sentencia de su sala menor de la Tercera Sección dictada en julio de 2012.

LA AUDIENCIA NACIONAL ESTUDIARÁ ESTE MARTES SI EXCARCELA A INÉS DEL RÍO

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional estudiará mañana en un pleno extraordinario si debe excarcelar a la etarra Inés del Río tras conocer la sentencia del Tribunal de Estrasburgo que ha ordenado hoy a España su puesta en libertad al revocar la llamada doctrina Parot. En este pleno, convocado para las 9.15 horas, la Audiencia Nacional solo revisará el caso de Inés del Río, que de no haberle sido aplicada la doctrina Parot debía haber quedado en libertad el 2 de julio de 2008, según han informado fuentes jurídicas.

El pleno ha sido convocado hoy mismo sin que aún se haya notificado oficialmente la sentencia del TEDH a la Audiencia Nacional y para tomar una decisión sobre del Río la Sala de lo Penal ha acordado dar traslado de la convocatoria de su reunión a la Fiscalía de este tribunal por si quiere presentar alegaciones.

Domingo Troitiño, uno de los etarras que perpetró la matanza de Hipercor es uno de los 61 reclusos de la banda que pueden salir de la cárcel tras derogarse la doctrina Parot. A ellos se añaden una decena de delincuentes con tres o más condenas como Miguel Ricart, uno de los asesinos de las niñas de Alcàsser.

Seis meses después de que la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) analizara el recurso de España contra el fallo del tribunal, -en julio avaló excarcelar e indemnizar con 30.000 euros a la etarra Inés del Río-, los 17 magistrados de la Corte Europea han rechazado la petición de la Abogacía del Estado.

De esta forma, vuelven a dar la razón a Del Río, miembro del "comando Madrid" condenada a más de 3.000 años de cárcel por 23 asesinatos. Su puesta en libertad estaba prevista en julio de 2008. Fue entonces cuando la Audiencia Nacional decidió que saldría de prisión en 2017 en aplicación de la doctrina Parot, avalada dos años antes por el Tribunal Supremo.

Una jurisprudencia -toma su nombre del etarra Henri Parot- que obliga a computar los beneficios penitenciarios sobre el total de las penas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años, lo que supone un alargamiento de la estancia en la cárcel.

PRESOS ETARRAS

Y aunque Estrasburgo solo ha dictaminado sobre el caso Del Río en la práctica su decisión tendrá consecuencias en todos aquellos supuestos que se encuentran en la misma situación jurídica que Del Río, si bien son los tribunales españoles los que tienen que aplicar lo que dicta la corte europea. Entre los beneficiarios figuran además de los mencionados, una lista de más de 60 presos etarras, seis miembros de los Grapo, o quince delincuentes con tres o más condenas.

De los presos etarras que recurrirán su puesta en libertad de inmediato están Juan José Zubieta, condenado a 1.309 años por el atentado en 1991 contra la casa cuartel de Vic (Barcelona) que causó la muerte de 11 personas, entre ellas cinco niños.

También Juan José Legorburu "Txato", condenado a 746 años por diversos atentados y ocho asesinatos, entre ellos el del jefe de la Policía Municipal de Amorebieta (Vizcaya) en 1979; Juan Carlos Arruti "Paterra", que cumple una pena de más de 1.200 años por catorce asesinatos, o José Antonio López "Kubati", condenado, entre otros atentados, por el asesinato de la etarra "Yoyes".

Santiago Arrospide "Santi Potros", jefe del aparato militar y condenado como inductor del atentado de Hipercor, o Juan Lorenzo Lasa Mitxelena "Txikierdi", con seis asesinatos y 374 años de condena, también figura entre los 61 presos.

OTROS POSIBLES AFECTADOS

De la derogación de la doctrina Parot también podrán beneficiarse criminales como Pablo Manuel García Ribado, condenado a más de 1.700 años de prisión por 74 violaciones entre 1990 y 1993, conocido junto con Antonio Barroso como los "violadores del portal" porque agredían a las mujeres cuando entraban en sus domicilios. Otro ejemplo es el de Juan Manuel Valentín Tejero que secuestró, violó y asesinó a la niña de 9 años Olga Sangrador en 1992 en Villalón de Campos (Valladolid).

El pasado mes de marzo el Supremo confirmaba la decisión de la Audiencia de Valladolid de que Valentín Tejero cumpliera cárcel hasta 2025 en virtud de la doctrina Parot, aunque inicialmente su condena (50 años) quedaba extinguida en marzo de 2012. Figuran también Pedro Gallego, el violador del ascensor, con 18 violaciones y dos asesinatos, o Miguel Ricart, uno de los autores del asesinato de las tres niñas de Alcàsser condenado a 170 años de prisión.

Además de estos, podrían ser excarcelados siete miembros de los Grapo, entre ellos Guillermo Vázquez Bautista, condenado a casi 260 años de cárcel por el asesinato de dos guardias civiles en Gijón en 1989.

Lo mismo ocurriría con Ismael Miquel Gutiérrez, jefe del comando de los GAL que asesinó a un ciudadano francés en 1985, o con Josefa Rodríguez Porca, miembro del Ejército Guerrillero del Pueblo Gallego (EGPG) y condenada a 84 años de prisión por el asesinato de un guardia civil en 1989.