Ya se pueden solicitar las ayudas del Auto+ para comprar vehículos eléctricos: cómo pedirlas, plazos y requisitos
Las solicitudes podrán presentarse hasta el próximo 31 de diciembre
El Ministerio de Industria y Turismo ha abierto el plazo para solicitar las ayudas directas de la convocatoria de 2026 de la Línea 2 del programa Auto+, destinada a empresas y autónomos que adquieran vehículos eléctricos y electrificados. La línea cuenta con una dotación de 50 millones de euros.
El objetivo es impulsar la renovación de las flotas y avanzar en la descarbonización del transporte.
Esta segunda línea completa el programa Auto+, cuya primera convocatoria, abierta durante el verano, dispuso de 350 millones de euros.
Plazo
El plazo comienza el 1 de octubre a las 10:00 horas y termina el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00 horas, de acuerdo con la convocatoria publicada el pasado 24 de septiembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Del presupuesto total, 42 millones de euros se reservarán a empresas privadas y los otros 8 millones a profesionales autónomos.
Dónde y cómo pedir las ayudas
Esas ayudas se pueden pedir de manera telemática. Las empresas y los autónomos deben presentar la solicitud a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo, en el apartado específico del Programa Auto+.
La plataforma permite identificarse mediante Cl@ve o certificado electrónico. En este enlace puedes acceder a la plataforma.
Pueden solicitar las ayudas tanto la propia empresa o el autónomo como un representante autorizado.
En la solicitud hay que introducir los datos del beneficiario, el vehículo y la cuenta bancaria en la que se quiere recibir la ayuda.
¿Quién puede pedir las ayudas?
Pueden beneficiarse de estas ayudas empresas con personalidad jurídica propia, incluidas microempresas, pequeñas, medianas y grandes empresas.
También autónomos, siempre que estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de Hacienda o en el censo foral equivalente.
No pueden solicitarlas los concesionarios o puntos de venta cuya actividad corresponda a determinados epígrafes del IAE (615.1 o 654.1)
El beneficiario deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el momento de la concesión de la subvención
¿A qué vehículos se conceden las ayudas?
Estas ayudas se orientan a la adquisición de vehículos eléctricos y electrificados, tanto mediante compra directa como mediante leasing financiero o renting. son vehículos que deben tener etiqueta ambiental CERO de la DGT. Pueden ser:
- 100% eléctricos (BEV).
- Eléctricos de pila de combustible (FCEV).
- Híbridos enchufables (PHEV).
- Eléctricos de autonomía extendida (EREV).
Entre las categorías subvencionables están los turismos (M1), furgonetas (N1), motocicletas y cuadriciclos
Importe de las ayudas
Está prevista la concesión de diferentes ayudas según el tipo de vehículo, de manera que los turismos pueden llegar a recibir hasta 6.000 euros, los vehículos comerciales ligeros hasta 7.400 y las motocicletas 1.500 euros, según categoría
Información
Para más información y resolver cualquier duda se ha habilitado el teléfono 91 384 78 75. En la web del ministerio también puedes encontrar toda la información sobre las ayuda.
En este enlace puedes encontrar, además, otros canales de contacto con el Ministerio para cualquier consulta.
{{#href}} {{ text }} {{/href}} {{^href}} {{ text }} {{/href}}
{{#href}} {{ text }} {{/href}} {{^href}} {{ text }} {{/href}}
{{/text}} {{/kicker}} {{#title}} {{#text}}{{#href}} {{ text }} {{/href}} {{^href}} {{ text }} {{/href}}
{{/text}} {{/title}}{{#href}} {{ text }} {{/href}} {{^href}} {{ text }} {{/href}}
{{#href}} {{ text }} {{/href}} {{^href}} {{ text }} {{/href}}
{{/text}} {{/kicker}} {{#title}} {{#text}}